A travpes del Reglamento de Investigación y Gestión del Conocimiento de la Universidad de Guayaquil 2022, que en su Capítulo V.- Del Cierre de los Proyectos de Investigación, Desarrollo e Innovación.
Art. 102.- El Director del proyecto emitirá el informe técnico final en el que se constate la ejecución finalización de la totalidad de las actividades planificadas e informe técnico económico del proyecto, incluyendo las evidencias del cumplimiento de los compromisos de producción científica planificados.
Art. 103.- El Consejo de Investigación, de Gestión del Conocimiento y Posgrado de la Facultad y del Centro de Excelencia analizará el informe técnico final e informe técnico económico del proyecto emitido por el Director del Proyecto; verificará tos compromisos de producción científica planificados y emitirá el correspondiente dictamen de finalización del proyecto, el mismo que será remitido al Consejo de Facultad para su conocimiento, resolución y su posterior envío a la Coordinación de Investigación y Gestión de Conocimiento.