• Reporte y Atención de Inquietudes

    Sistema de Gestión Anti-Soborno | Código: SGAS-PR-02-FO-01 | Versión: 01
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  • NOTA:
    El denunciante podrá adjuntar al presente formato los escritos y documentación que considere necesaria para efectos de su reporte de inquietud, y se requerirá de su cooperación durante la investigación.
    Declaro que toda la información alcanzada se ajusta a la verdad y puede ser comprobada de acuerdo con las atribuciones legales señaladas en la normativa legal.

    (°) Opcional en caso de la denuncia anónima
    1. EL REPORTE PUEDE SER ANÓNIMO: En ningún caso la persona que presente un reporte formará parte del proceso disciplinario que pueda instituirse como efecto de su denuncia.
    2. MEDIDAS DE PROTECCIÓN: De acuerdo con los dispositivos legales, se establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe.

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