Anexo A2
Términos y Condiciones para Evaluar la Incorporación de Nuevos Usuarios al Pozo
1.- El Pozo Actual debe estar en pleno funcionamiento de todas sus fases; Sistema de Bombeo, Sistema de corte por Presión, Tablero de control y Sistema de control de tiempo de uso.
2.- Los doce propietarios originales del Pozo Actual tienen que estar conectados al sistema para poder incorporar a nuevos usuarios.
3.- El Pozo Actual tiene que entregar un mínimo de caudal aprobado por los doce propietarios para poder incorporar nuevos usuarios.
4.- Se requiere el pago de $4000.00 por usuario nuevo a la siguiente cuenta del Condominio para formalizar la incorporación a la lista de espera:
Cuenta Por definir.
5.- El dinero aportado por los nuevos usuarios será usado únicamente como fondo para fines de ampliación, mejoras, mantenimiento del sistema y/o cualquier otro destino que se decida por mayoría de los propietarios.
6.- En caso de que los solicitantes que hallan depositado el dinero indicado en el punto (4) del Anexo (A2) excedan la capacidad de caudal del Pozo Actual, se evaluará la posibilidad de utilizar ese dinero para la perforación de un segundo pozo que se pueda incorporar al Pozo Actual para garantizar el caudal adecuado.
7.- En caso de que sea necesario perforar el segundo pozo, los nuevos vecinos esperarán a que éste sea perforado y conectado al sistema antes de poder ser incorporados.
8.- En el caso de no conseguir agua en la perforación del segundo pozo, se reintegrará el aporte recibido de los nuevos solicitantes que estén esperando para ser incorporados según el punto 7 del Anexo (A2) en partes iguales después de deducir el gasto incurrido para la perforación.
9.- La incorporación al sistema debe cumplir con lo siguiente:
a.- El tanque de agua debe tener como mínimo un sistema de flotante en perfecto funcionamiento y cumplir con el diseño aprobado por el Condominio.
b.- La construcción de la tanquilla, acometida y conexiones al sistema deben cumplir con el diseño aprobado por el Condominio.
10.- La lista de espera es por orden de solicitud y de formalización mediante el pago indicado en el punto (4) del Anexo (A2).
11.- Si por alguna razón técnica o administrativa y exceptuando lo indicado en el punto 8 del Anexo (A2), no fuera posible la incorporación de nuevos vecinos, se les devolverá íntegramente el dinero producto del aporte realizado indicado en el punto (4) del Anexo (A2).