• Información sobre el trámite de TPS para venezolanos en los Estados Unidos

    En Martorell's Office Group le ayudamos a tramitar su solicitud para este estatus que el Gobierno estadounidense aprobó para ciudadanos de Venezuela dentro de EE.UU.
  • El 8 de marzo de 2021 el Gobierno estadounidense aprobó el TPS (Estatus de Protección Temporal) para ciudadanos de Venezuela que estén dentro de los EE.UU., el cual entró en vigencia el 9 de marzo de 2021, y representa un alivio para quienes no pueden regresar a su país debido a la situación de crisis que se vive.  

    Con más de 20 años de experiencia corporativa, ofreciendo asesoría y guía para realizar trámites dentro de los Estados Unidos, en Martorell's Office Group le ayudamos a realizar su solicitud para este beneficio migratorio que le permitirá obtener un permiso temporale de trabajo.

    Para ello, le ofrecemos a continuación información de interés y respuestas a las preguntas frecuentes sobre este Estatus de Protección Temporal - TPS que el gobierno de EE.UU. está ofreciendo a ciudadanos de Venezuela dentro de territorio estadounidense desde antes del 8 de marzo de 2021.

  • INFORMACIÓN SOBRE EL TPS PARA VENEZOLANOS 

     

    ¿Qué es el TPS?

    - El TPS es un programa de Estatus de Protección Temporal que representa un beneficio para venezolanos que ya estén viviendo dentro del territorio de EEUU. Entró en vigor el 9 de marzo de 2021.

    - El TPS es un beneficio temporal y no conduce al estatus de residente permanente legal ni confiere otro estatus migratorio.

    - Sin embargo, registrarse en el TPS no le impedirá: solicitar estatus de no inmigrante; presentar una solicitud de ajuste de estatus; y solicitar cualquier otro beneficio migratorio para el pueda ser elegible.

    - El TPS se suele otorgar por alguno (s) de estos motivos: conflicto armado en curso, desastres naturales o condiciones extraordinarias y temporales. En el caso venezolano se trata de esta última opción.

    - Para aprobarlo se invocó una “crisis humanitaria compleja” en Venezuela (desnutrición, grupos armados no estatales, represión e infraestructura en mal estado), la cual evita que los venezolanos regresen a su país de manera segura.

    -Se calcula que beneficia a unos 323 mil venezolanos.

     

    ¿Qué beneficios otorga el TPS?

    - Las personas que reciban la aprobación del TPS tras su solicitud podrán disfrutar de las siguientes ventajas:

    • No podrán evitar ser extraditados a su país.
    • Podrán solicitar un permiso de trabajo (EAD, por sus siglas en inglés).
    • Podrán obtener asimismo una autorización de viaje en caso de que la necesiten.
       

    - El TPS es un beneficio temporal y no conduce al estatus de residente permanente legal ni confiere otro estatus migratorio. Sin embargo, registrarse en el TPS no le impedirá solicitar otros estatus migratorios.

     

    ¿Cuándo comienza el período de solicitud del TPS?

    - El TPS bajo la designación de Venezuela se hizo efectiva el 9 de marzo de 2021.

    - Se puede solicitar desde el 9 de marzo de 2021 hasta el 9 de septiembre de 2022.

    - La fecha de vencimiento para solicitar el TPS es el 9 de septiembre de 2022.

     

    ¿Cuánto tiempo de vigencia tiene el TPS?

    - El periodo de inscripción de 18 meses para las solicitudes iniciales bajo la designación de Venezuela al TPS ahora vence el 9 de septiembre de 2022.

    - Sin embargo, cabe la posibilidad de que el beneficio sea renovado por el Gobierno de los EE.UU. como ha ocurrido en el caso de otros países que tienen TPS. Por ejemplo: Haití, El Salvador, Siria, etc. 

     

    ¿Quiénes pueden solicitar el TPS bajo el caso Venezuela?

    - Son elegibles venezolanos que tengan residencia continua en los EE.UU. hasta el 8 de marzo de 2021. Es decir, que aquellas personas que hayan llegado a territorio estadounidense después del 8 de marzo de 2021 NO son elegibles para gozar de este beneficio.

    - Pueden postularse al TPS tanto ciudadanos venezolanos como personas sin nacionalidad cuya última residencia haya sido Venezuela.

     

    ¿Realizar el trámite del TPS afecta otros estatus migratorios en EE.UU.?

    - Una solicitud al TPS no afecta una solicitud de asilo ni cualquier otro beneficio migratorio, o viceversa.

    - La denegación de una solicitud de asilo o cualquier otro beneficio migratorio no afecta la capacidad para inscribirse en el TPS, aun cuando las bases de denegación de dicha solicitud también podrían conllevar la denegación del TPS.

     

    ¿Qué pasa con quienes tienen casos de asilo pendientes?

    Los casos de asilo seguirán siendo procesados por USCIS y la corte de inmigración, y los solicitantes cuyos casos sean aprobados podrían obtener la residencia permanente al cumplir ciertos requisitos. El TPS no descalifica al solicitante de ningún tipo de trámite migratorio.


    La ICE (Servicio de Inmigración y Control de Aduanas) no podrá deportar a personas protegidas por el TPS ni aunque tengan órdenes finales de remoción dictadas por jueces de inmigración que hayan negado el asilo.

     

    ATENCIÓN: Toda persona elegible para solicitar protección de TPS debe hacerlo de inmediato. USCIS proveerá recibos de entrega (filing receipts) a quienes lo hayan solicitado, y estos recibos pueden ser mostrados a autoridades migratorias para evitar arrestos o deportaciones.

     

    ¿Puedo salir del territorio de los EE.UU. si estoy protegido por el TPS?


    Sí, pero solo si se pide un permiso formal ante USCIS y éste es aprobado. De lo contrario no podrá reingresar a EEUU. Este permiso es el Formulario I-131.

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    REQUISITOS PARA SOLICITAR EL TPS 

     (Estos requisitos aplican para cada uno de los integrantes de una familia)

    (Cualquier documento que no esté en inglés deberá ir acompañado de una traducción).

     

    FORMULARIOS OFICIALES:

    Completar los formularios de USCIS, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (U.S. Citizenship and Immigration Services):

    • Formulario I-821: Solicitud de Estatus de Protección Temporal, que sirve para inscribirse o reinscribirse al TPS. Pueden pedirlo personas de cualquier edad.
    • Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, que permite solicitar la Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés). Este segundo formulario es para personas que tengan entre 14 y 65 años de edad.  

    Aunque los Formularios I-821 y el I-765 pueden enviarse por separado, nuestra recomendación, como la que realiza USCIS, es presentarlos al mismo tiempo ya que podría ayudarle a recibir su autorización de empleo lo más pronto posible, si resulta aprobado su solicitud del TPS.

     

    EVIDENCIA (DOCUMENTOS PERSONALES):

    Evidencia primaria (documentos que demuestren su identidad y nacionalidad):

    • Una copia de su pasaporte
    • Una copia de su certificado de nacimiento, acompañado de una identificación con foto
    • Cualquier documento de identidad nacional que contenga su fotografía y huellas dactilares (o ambos), emitido por su país, incluyendo aquellos documentos generados por la Embajada o Consulado de su país en Estados Unidos (tal como una tarjeta de identificación nacional o certificado de naturalización).

    Si no tiene ninguna de las evidencias primarias mencionadas anteriormente, debe presentar una declaración jurada con:

    • Evidencia de los esfuerzos infructuosos que realizó para obtener dichos documentos; y
    • Una explicación acerca del por qué el proceso consular para su país no estuvo disponible para usted, y su juramento de que es un ciudadano de dicho país.

    Evidencia secundaria (documentos que deberá presentar en caso de no tener la evidencia principal): 

    • Documentación de nacionalidad, como por ejemplo un certificado de naturalización, aún si no tiene su fotografía y huellas dactilares.
    • Su certificado de bautismo, si este indica su nacionalidad o la nacionalidad de sus padres.
    • Copias de sus registros escolares o registros médicos si contienen información que evidencie que es ciudadano de un país designado al TPS.
    • Copias de otros documentos de inmigración que muestren su nacionalidad e identidad.
    • O declaraciones juradas de parte de amigos o familiares que tengan conocimiento propio de la fecha y lugar de su nacimiento y la nacionalidad de sus padres. La persona que hace la declaración jurada debe incluir información acerca de cómo le conoce o está relacionado con usted, y cómo conoce los detalles sobre la fecha y lugar de su nacimiento, así como la nacionalidad de sus padres. La nacionalidad de sus padres es de gran importancia si usted proviene de un país donde la nacionalidad es derivada de un padre.

     

    Evidencia de Fecha de Entrada a los Estados Unidos: 

    • Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida; o
    • Copias de los documentos especificados en la sección ‘Evidencia de Residencia Continua’ que está a continuación.


    Evidencia de Residencia Continua en los Estados Unidos: 

    • Registros de Empleo.
    • Recibos de renta, facturas de utilidades, recibos o cartas de empresas
    • Registros escolares de las escuelas en Estados Unidos a las que han asistido usted o sus hijos
    • Registros de hospital o registros médicos relacionadas al tratamiento u hospitalización de usted o sus hijos
    • Declaraciones de oficiales de su iglesia, unión u otra organización, que le conozcan y conozcan donde vive.

     

    FOTOGRAFÍAS:

    Si se va a solicitar el permiso de trabajo se debe tener (2) dos fotos tamaño pasaporte por aplicante con el nombre completo por detrás listo para incluir cuando se envíe el paquete de documentos por correo postal a USCIS.

     

    PAGO DEL TRÁMITE ANTE EL GOBIERNO DE EE.UU. - DEBE SER HECHO EN MONEY ORDER Y ENVIADO POR CORREO POSTAL:

    Los Money Orders deben de estar a nombre de U.S. Department of Homeland Security (cada Fee por Separado, por persona) y podrán ser adquiridos en Western Union, PUBLIX, o cualquier sitio donde se pueda adquirir.

     

    PAGO DE LOS HONORARIOS DE MARTORELL'S OFFICE GROUP:

    Deberá realizar el pago por nuestros servicios antes de iniciar el trámite. El cual podrá realizar haciendo CLIC AQUÍ o en alguno de los botones de esta planilla.

     

    También puede comunicarse con nosotros a través de las siguientes vías de contacto:

    • Correo electrónico: registrousa@martorelloffice.com
    • Instagram: @martorelloffice
    • Página web: www.martorelloffice.com 
    • WhatsApp: +1 (786) 586.7927

     

    ATECIÓN: Recuerde que es indispensable que tenga toda su documentación a mano antes de comenzar su solicitud de TPS. Una vez que nos los envíe y realice el pago, le ayudaremos a completar los formularios adecuados.

    Una vez que los formularios y documentos estén listos, se los enviaremos a su dirección de correo electrónico para su revisión. Luego, usted tendrá que firmarlos y enviarlos.

  • TARIFAS OFICIALES
    Costo del trámite ante el USCIS

    Estas tarifas son individuales. Deberán ser cancelados por cada persona del grupo familiar: 

    • Solicitud del TPS (Formulario I-821): 50$
    • Prueba biométrica (El UCSIS lo llamará para registrar sus datos biométricos si tiene más de 14 años. Y deberá volver a registrarse por cada período en que extiendan los beneficios del TPS, si es el caso): 85$
    • Autorización de Empleo (Formulario I-765): 410$

     

     

    HONORARIOS DE MARTORELL'S OFFICE GROUP

    Para guiarle en todo el proceso de solicitud de este trámite del TPS que, de ser aprobado su caso, le permitirá permanecer en los Estados Unidos como ciudadano venezolano sin peligro a ser deportado, así como obtener un permiso de empleo, en Martorell's Office Group tenemos las siguientes tarifas por nuestros honorarios profesionales:

    • Planilla individual: 1,499.00$ (mil cuatrocientos noventa y nueve con cero céntimos dólares americanos)
    • Completar planillas para usted y sus familia (conyúgue e hijos menores de 21 años): 1,900.00$ (mil novecientos con cero céntimos dólares americanos) 
  • SOLICITUD ADICIONAL: PERMISO DE VIAJE
    Formulario I-131 para poder viajar fuera de los EE.UU. y luego regresar

     

    Si usted tiene TPS y desea viajar fuera de Estados Unidos, debe solicitar una autorización de viaje.

    La Autorización de Viaje para TPS es generada como un documento de Permiso Adelantado si USCIS determina que es conveniente aprobar su solicitud.

    Este documento le permite salir y regresar a Estados Unidos durante un periodo específico. Para solicitar el Permiso Adelantado, debe presentar el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje.

    Para obtener un documento de permiso adelantado de reingreso para las personas que están actualmente en Estados Unidos:

    • Dos fotografías idénticas tipo pasaporte tomadas en un plazo de 30 días a partir de la presentación de la solicitud;
    • Carta explicativa donde evidencie las razones de viaje, las cuales deben de ser educativas, laborales o humanitarias (Esa carta debe de ser redactada por el peticionario de forma individual en Word y firmada para fines de traducción)

     

    Costo de la preparación de la Forma I-131

    $100 por cada aplicante

    Nota: Esta forma es opcional y no es requisitos para obtener un TPS

  • ¿CÓMO ES EL PROCESO DE SOLICITUD DEL TPS?

     

    1. Presentar la petición de TPS ante USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos).

    2. USCIS enviará la respuesta de que su solicitud fue recibida en sus oficinas. Para ello, es importante que usted tenga una dirección física en dónde recibir esta respuesta.

    3. USCIS se comunicará con usted en el caso de que necesite tomarle su fotografía, firma y/o huellas dactilares (llamados datos biométricos). La comunicación siempre va a ser por escrito vía correo postal. Se le tomarán los datos biométricos a todo solicitante de TPS de 14 años de edad o más. Los datos biométricos son requeridos para corroborar identidad, realizar verificación de antecedentes y generar un EAD, si ha sido solicitado.

    4. USCIS le otorgará una cita para tomar sus datos biométricos. Usted deberá asistir a un Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC, por sus siglas en inglés) y llevar: Evidencia de su nacionalidad e identidad que tenga una fotografía suya, tal como un pasaporte; el acuse de recibo de su petición; la notificación de su cita en el ASC; y su EAD (Permiso de trabajo) vigente, si ya tiene uno.

    5.USCIS determinará su Autorización de Empleo. (Si usted no interesa obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD), omita los pasos 5 y 6).

    6. USCIS adjudica la solicitud de su permiso de trabajo. Durante esta fase, podríamos solicitarle documentación adicional para determinar su elegibilidad al TPS. 

    7. USCIS aprueba o niega su solicitud de TPS

    - Si su solicitud es aprobada USCIS le enviará una notificación de aprobación. Así mismo, le eviará su permiso de trabajo (en el caso de que haya solicitado uno) si no lo ha recibido antes de que su TPS fuera aprobado.

    - Si su solicitud de TPS es negada, USCIS le enviará una carta indicando la razón para la denegación y si corresponde usted tiene la posibilidad de apelar su negación.

     

    ATENCIÓN: Nuestro servicio termina en el día que se envía las formas a inmigración, el tiempo de respuesta o el tipo de respuesta aprobación o negación depende exclusivamente del Servicio de Inmigración USCIS.

  • Fuentes: 

    https://www.uscis.gov/es/programas-humanitarios/estatus-de-proteccion-temporal

    https://www.uscis.gov/es/programas-humanitarios/estatus-de-proteccion-temporal/pais-designado-al-estatus-de-proteccion-temporal-venezuela

    https://www.uscis.gov/es/i-821

    https://www.uscis.gov/es/i-765

    https://www.uscis.gov/es/i-131

     

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