NORMAS DE USO PARA LAS ORLAS CELEBRADAS EN EL PARANINFO:
La organización del evento se responsabiliza de los posibles accidentes que se produzcan al permitir acceder a las salas una vez comenzado el evento con las luces apagadas.
Los recursos no reflejados en esta solicitud se entienden no disponibles el día del evento y, por tanto, serán responsabilidad del organizador del mismo.
El técnico de sala durante el acto se ocupará del sonido y las luces. Por este motivo, las presentaciones o proyecciones serán controladas por una persona de la organización con supervisión de nuestro personal.
Los elementos técnicos de las salas son responsabilidad de nuestro personal, quedando terminantemente prohibido su uso y manipulación sin la presencia y coordinación del mismo.
No se permite pegar carteles, fotos, etc…, en las paredes y mobiliario de las salas. Tampoco el uso de elementos que dañen el pavimento tales como adhesivos, instrumentos con pie de púa sin protección, zapatos con elementos metálicos, etc ... Será responsabilidad del organizador el coste de la reparación.
Así mismo, se comprometen a:
1.- Abonar el 100% de todos los gastos incurridos (incluidos, entre otros, seguridad y limpieza), en consonancia con lo que dispongan las bases de ejecución presupuestaria de la ULPGC en materia de uso de instalaciones de la ULPGC y responder solidariamente del pago de las mencionadas cantidades el abajo firmante y todos y cada uno de los estudiantes orlados.
2.- A respetar el aforo del Paraninfo fijado en un máximo excepcional de 549 personas (incluidos los estudiantes orlados).
3.- A establecer un sistema de invitaciones personales y numeradas que permitan controlar el número de personas presentes en el acto en todo momento, así como a asignar personas de la propia organización del acto (de los incluidos en el listado de orlados referido más arriba y que se identifican en dicho listado como "personas para control de aforo") para controlar el acceso a la sala y garantizar que en todo momento sea respetado el aforo del Paraninfo.
4.- A que en ningún caso el número de invitaciones sumado al de orlados superará el aforo del Paraninfo, respondiendo personal y solidariamente en caso contrario todos y cada uno de los estudiantes orlados.
5.- A que establecerán medidas de difusión y medios de control para que sean respetadas las normas cívicas de comportamiento y cualesquiera otras aplicables antes, durante y después del acto, siendo responsables solidariamente de cualquier menoscabo, daño o perjuicio materiales y personales que puedan causar en el patrimonio inmueble o mueble, en el equipamiento o en cualesquiera instalaciones de la ULPGC o que pueda ser reclamado por terceros a la ULPGC.
6.- A aceptar que sea asignado el Paraninfo a quien, por riguroso orden de entrada en registro, presente mejor derecho de preferencia si coincidiesen las fechas solicitadas.
7.- A aceptar que la petición sea denegada ipso iure si es presentada fuera del plazo fijado entre los días 2 de febrero y 30 de marzo de 2023 (entre el 15 de enero y 30 de marzo en años sucesivos).
8.- A solicitar permiso expreso a la Gerencia de la ULPGC en el caso de que sea necesario servicio de catering a servir en los jardines (que será encargado al concesionario de la cafetería de la Sede Institucional) siempre y cuando no interfiera la actividad ordinaria de la Sede Institucional y no coincida con otros actos previstos en la misma.
9.- A que el abajo firmante y las "personas para control de aforo" serán personalmente responsables de manera solidaria de que el evento haya concluido en su totalidad (incluida la posible prestación de catering) antes de las 20:00 horas, de modo que la Sede esté completamente desalojada antes de las 20:30 horas.
10.- A que el abajo firmante y las "personas para control de aforo" serán personalmente responsables de manera solidaria de garantizar que el acceso al Paraninfo y la salida tras el acto tendrán lugar por el acceso de la calle Bretón.
11.- A asumir la responsabilidad solidaria y personal en materia de protección de datos de carácter personal de los participantes y asistentes al acto, en particular, a impedir la captación y difusión en redes de imágenes sin el consentimiento previo y expreso de los interesados y a proteger el derecho a la propia imagen de los asistentes, especialmente de los menores de edad.