Las partes están interesadas en la formalización de la presente AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS DE IMAGEN con sujeción a las siguientes,
CLÁUSULAS
I.- OBJETO
El cedente concede su autorización al cesionario para el uso de su imagen, utilizando los medios técnicos conocidos y los que puedan conocerse en el futuro, y siempre con la finalidad descrita.
II. DURACIÓN
Autorizacion indefinida.
Sin embargo de conformidad con el art 2. de La Ley Orgánica 1/1982, el CEDENTE podrá revocar la autorización en cualquier momento, sin perjuicio, en su caso, de la indemnización por daños y perjuicios, incluidas las expectativas justificadas, causados al CESIONARIO.
III.- REGULACIÓN
El presente documento se regula por lo establecido en el Art 18 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/1982 sobre derecho al honor, el Real Decreto 1/1996 sobre Propiedad Intelectual y demás legislación pertinente.
IV.- DERECHOS Y OBLIGACIONES
El cesionario tiene el derecho de utilizar las imágenes para el uso concedido, siempre con la obligación de respetar el derecho al honor.
V.- CESIÓN GRATUITA.
Las partes acuerdan que la cesión es de carácter gratuito.