Lea y siga las instrucciones cuidadosamente antes de enviar su solicitud.
I. INTRODUCCIÓN
El Programa de Becas de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Barranquitas responde a la filosofía del Movimiento Cooperativo en su dirección principal: lograr seguridad y deseo de superación en las personas por medio de su constante educación. Este documento resume los objetivos, características, disposiciones reglamentarias y procedimientos básicos que se establecen para evaluar las solicitudes presentadas ante este Programa.
II. OBJETIVOS
Los objetivos del Programa de Becas son los siguientes:
Fomentar la autorrealización y estimular el deseo de superación de los socios(as) y de sus hijos(as).
Viabilizar la obtención de una educación de excelencia para los socios(as) y sus hijos(as) como para los hijos(as) del personal de la cooperativa.
Vincular a nuestra juventud con el movimiento cooperativo.
III. DESCRIPCIÓN DE LAS BECAS
Las becas se concederán a estudiantes que inician estudios post-secundarios en una universidad, colegio o instituto técnico debidamente reconocido y que llevan una carga académica no menor de doce (12) créditos por período académico (semestre, trimestre). En instituciones que funcionen por bimestre, el estudiante debe estar matriculado en, por lo menos, nueve (9) créditos por periodo. El Programa de becas cubre, además, a aquellos estudiantes que se han graduado de escuela superior mediante un programa formal de estudios en el hogar (“home schooling”), bajo los mismos requisitos que aplican a los estudiantes egresados de la corriente regular. Por otra parte, aquellos estudiantes que finalicen su cuarto año de escuela superior antes del tiempo originalmente esperado también estarán cubiertos por estas normas en igualdad de condiciones aplicables.
Cada beca consiste en Ochocientos Dólares ($800.00) por año académico que se desembolsarán en dos pagos de Cuatrocientos Dólares ($400.00), uno en agosto (primer semestre) y otro en enero (segundo semestre). Para el primer semestre, el estudiante recibirá un vale de $400 y tendrá hasta el 15 de septiembre del año en curso para abrir una cuenta en la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Barranquitas (de no tener una). Una vez abierta la cuenta, se notificará a la Oficina de la Junta de Directores el número de la misma para el depósito correspondiente al primer semestre. La cantidad correspondiente al segundo semestre se depositará en dicha cuenta una vez cumplidos los requisitos dispuestos en estas Normas (notas del primer semestre y matrícula del segundo semestre).
Se otorgarán 70 becas cada año; distribuidas de la siguiente manera
a) 30 becas para los dos distritos de Barranquitas, 10 becas para el distrito de Orocovis, 10 becas para el distrito de Ponce y 10 becas para el distrito del Área Metro. En la eventualidad de que un distrito no presente suficientes candidatos cualificados, se podrán considerar solicitudes de otros distritos que hayan sido radicadas dentro del término reglamentario.
b) Se otorgarán cuatro (4) becas para estudiantes del Programa de Educación Especial del Departamento de Educación con los mismos requisitos de los estudiantes regulares con excepción del índice académico, que puede ser menor de 3.00.
c) Se otorgará una beca especial de Cooperativismo Juvenil entre estudiantes destacados en este campo a la luz de los criterios de elegibilidad establecidos en estas Normas.
d) Se otorgará una beca adicional entre aquellos estudiantes que no resulten agraciados en el sorteo y cuyo índice académico sea de 4.00.
e) Se otorgará un máximo de cuatro (4) becas a hijos de empleados.
En la eventualidad de que no se presenten candidatos para la otorgación de becas en cualesquiera de sus renglones, se podrá sortear la no adjudicadas entre los aspirantes cualificados no seleccionados en las diferentes categorías.
Solamente un miembro de la unidad familiar será elegible para beneficiarse de este servicio durante el año. En caso de personas divorciadas en las que ambos excónyuges son socios, se considerarán, para estos fines, como familias aparte. La solicitud, en estos casos, debe ser presentada por la persona que tenga la custodia legal del menor. Disponiéndose que la Junta de Directores de la Cooperativa mantiene la facultad para modificar esta descripción, cuando a su juicio y previa recomendación del Comité de Educación las circunstancias así lo justifiquen.
IV. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD
El o la solicitante debe ser socio o hijo de socio de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Barranquitas. Serán elegibles, además, aquellos menores de edad a los que un Tribunal les ha designado un tutor legal que es socio de la Cooperativa. No serán elegibles para este Programa de Becas los hijos de los integrantes de los Cuerpos Directivos de la Cooperativa.
El o la solicitante, o el padre, madre o tutor legal del solicitante, debe estar al día en sus haberes (acciones) con la Cooperativa.
El solicitante debe ser admitido en una institución post-secundaria y mantenerse como estudiante regular de la misma con un mínimo de doce (12) créditos universitarios por periodo de clase o de acuerdo a los requisitos de la Institución, la cual estará debidamente acreditada por el Consejo Superior de Educación o la “Middle State Commission of Higher Education”.
El estudiante presentará una transcripción de créditos de escuela superior.
Todo aspirante debe tener un índice académico mínimo de 3.00, excepto los estudiantes del Programa de Educación Especial.
Una vez otorgada la beca, el estudiante debe mantener un índice académico no menor de 2.25 según evidenciado en su Informe de Calificaciones. En el caso de becados de educación especial, las circunstancias específicas serán evaluadas caso a caso para garantizar un trato justo dentro de los objetivos del Programa de Becas.
Si ninguno de los padres o tutores es socio de la Cooperativa, la fecha límite para el padre, tutor o estudiante hacerse socio a los efectos de aspirar a una beca será el 15 de julio de cada año y la fecha para la presentación de la solicitud será el 31 de julio de cada año.
Estudiantes casados se considerarán como familia aparte. Uno de los dos debe ser socio y cumplir con todos los requisitos de dicha condición.
Los aspirantes a la Beca Especial de Cooperativismo Juvenil deberán presentar evidencia de participación en los Cuerpos Directivos de una Cooperativa Juvenil o destacada participación en otras actividades cooperativistas tales como el Certamen de Oratoria, o actividades de servicio comunitario en los que se practiquen los valores del Cooperativismo. La evidencia debe incluir una certificación a esos efectos firmada por un funcionario u oficial de las entidades que organicen las actividades o servicios, así como un resumen escrito del solicitante describiendo su participación en las organizaciones, actividades y/ o servicios comunitarios.
V. RESPONSABILIDAD DEL BECADO
Todo estudiante que sea seleccionado para disfrutar de una beca debe cumplir con las responsabilidades siguientes:
Asistirá a la Sesión de Orientación que llevará a cabo el Comité de Educación el día de la entrega de la beca.
En el caso de estudiantes universitarios, deben entregar al Comité, en o antes del día 31 de enero, evidencia documental certificando que se encuentran estudiando y que tienen una carga académica no menor de doce (12) créditos o su equivalente durante el segundo semestre. Además, deben entregar, para la misma fecha, una copia del Informe de Calificaciones (Notas) del primer semestre donde se certifique que ha aprobado, como mínimo, doce (12) créditos o su equivalente durante dicho semestre (o periodo académico).
Mantener la condición de estudiante regular con un programa de estudios no menor de doce (12) créditos universitarios, o su equivalente. Los que estudian en instituciones que funcionan por bimestre, mantendrán una carga académica no menor de nueve (9) créditos por periodo.
Se va a exigir como requisito la Certificación de la Universidad o Institución donde comenzó los estudios en o antes del 15 de septiembre de 2022.
Informar al Comité de Educación cualquier cambio en su programa de estudios.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos expuestos anteriormente podría justificar la anulación de la adjudicación de la beca. La Cooperativa de Ahorro y Crédito de Barranquitas tendrá plena facultad para retener los pagos de la beca en cualquier momento a cualquier becado que no cumpla con las responsabilidades antes enumeradas. La Cooperativa, además, se reserva el derecho a reclamar al socio y al estudiante la devolución de cualquier suma entregada en circunstancias en las que se determine que la persona ya no reunía los requisitos de elegibilidad o había incumplido sus responsabilidades como becado.
En la eventualidad de que alguna beca no pueda ser desembolsada en el segundo semestre por causa de inelegibilidad o incumplimiento, la misma será adjudicada por el Comité de Educación mediante sorteo en el que participarán aquellos solicitantes cualificados que no resultaron agraciados en el sorteo anterior. Este sorteo se llevará a cabo durante el primer trimestre del año natural y cumplirá con el procedimiento que se especifica en la Sección VIII de este Reglamento.
FINANCIAMIENTO
La Junta de Directores de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Barranquitas asignará anualmente una partida de fondos en el Presupuesto de la Cooperativa para financiar el Programa de Becas.
VII. SOLICITUD DE BECA
La Cooperativa ha diseñado un formulario oficial de “Solicitud de Beca” el cual debe ser completado en todas sus partes por las personas solicitantes. Los siguientes documentos se consideran como parte de la Solicitud y deben acompañar la misma al momento de presentarla ante la Cooperativa.
Copia certificada del Acta de Nacimiento del solicitante (estudiante).
Una (1) fotografía reciente del solicitante (tamaño 2x2).
Transcripción oficial de créditos (Deberá ser expedida en mayo)
Evidencia de admisión a una institución de nivel post-secundario.
Copia del programa de estudios o certificación del solicitante donde se indique la carga académica del estudiante para el semestre. En caso de que se entregue una certificación, la copia oficial del programa debe entregarse al Comité en o antes del 15 de agosto.
La Junta de Directores de la Cooperativa y su Comité de Educación se reservan el derecho de solicitar información y documentos adicionales cuando así lo entiendan necesario para la cabal y justa evaluación de una Solicitud. Las solicitudes incompletas no serán consideradas ya que impiden una justa evaluación de la misma.
VIII. PROCEDIMIENTO
La fecha límite para la presentación de Solicitudes para el Programa de Becas será el
31 de julio de cada año, disponiéndose que la Junta de Directores de la Cooperativa retiene su facultad para alterar dicha fecha cuando a su juicio, las circunstancias así lo justifiquen. Las solicitudes pueden obtenerse en las oficinas de la Cooperativa y en las Escuelas Superiores de Barranquitas, Orocovis, Ponce y Área Metro.
El socio(a) y/o solicitante debe presentar la solicitud, con sus correspondientes anejos, ante la Cooperativa por medio del correo regular, accediendo a la página de Internet de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Barranquitas (www.credicentrocoop.com) o entregándola personalmente en las oficinas de la misma, dirigida a su Comité de Educación, dentro de la fecha límite fijada para su entrega.
El Comité de Educación se reunirá para determinar la elegibilidad de cada una de las solicitudes recibidas a la luz de lo dispuesto en estas Normas.
Las becas serán adjudicadas mediante Sorteo Público, el cual será realizado por el Comité de Educación y celebrado en la fecha en que éste seleccione en coordinación con la Junta de Directores. Se invitará al mismo a los Directores por Distrito. El Presidente del Comité de Educación certificará a la Junta las incidencias y los resultados del sorteo. En el caso de que haya menos solicitudes elegibles que la cantidad de becas a adjudicarse, no se efectuará el sorteo. Una carta del resultado será remitida a cada solicitante.
La adjudicación de las becas mediante este proceso será final.
Para mantener la elegibilidad al Programa de Becas durante el periodo de estudios, los becados deben cumplir con todos los requisitos que se enumeran en las Normas del Programa de Becas, copia del cual se entrega a los interesados con la Solicitud de Beca.
IX. VIGENCIA
Estas Normas del Programa de Becas de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Barranquitas, así como sus enmiendas, tendrán vigencia inmediata una vez aprobadas por la Junta de Directores de la Cooperativa.
TEODORO RODRIGUEZ RIVERA
PRESIDENTE
JUNTA DE DIRECTORES
AWILDA ORTIZ COLÓN
PRESIDENTA
COMITÉ DE EDUCACIÓN
APROBADAS EN SESIÓN ORDINARIA DEL 27 DE OCTUBRE DE 2022.