1º. Las plazas se otorgarán para residir según el periodo académico escogido completo.
2º. No se procesará en Administración la solicitud que no haya sido debidamente cumplimentada conforme a las instrucciones que en la misma se detallan.
3º. Las solicitudes serán resueltas mediante concurso de méritos, en el que se valorará conjuntamente el aprovechamiento académico del solicitante y demás méritos que haga constar, así como haber participado satisfactoriamente en actividades colegiales y manteniendo una convivencia adecuada. En la determinación de las exigencias académicas, se podrá ponderar el rendimiento general del área o disciplinas, con el fin de no discriminar carreras o especialidades. La solicitud podrá ser denegada, tanto si no se alcanzan los grados exigibles en los puntos antes mencionados, como si el solicitante ha transgredido las normas básicas de convivencia, habiendo sido apercibido de tal circunstancia.
4º. El plazo de presentación de las solicitudes será el comprendido entre el día de la fecha de publicación de estas bases y el 15 de Mayo de 2024.
5º. La renuncia a la plaza concedida, la expulsión disciplinaria o el abandono del Colegio antes de la finalización de su periodo contratado supondrá la pérdida de la totalidad del depósito.
6º. Una vez aceptada la solicitud de reingreso, no se devolverá el depósito colegial si se produjera renuncia a la plaza con posterioridad al 15 de junio de 2024
7º. La mensualidad completa se pagará durante los 7 primeros días de cada mes. El impago de dos mensualidades significará la baja definitiva en el colegio, según se establece en el reglamento de Régimen Interno.
8º. A la solicitud, formulada en el modelo que se facilita, se deberá adjuntar la siguiente documentación: