SI NO FUERE CUBIERTA DICHA CANTIDAD EL DÍA DE SU VENCIMIENTO, CAUSARÁ, BIEN POR EL TOTAL DE SU IMPORTE O POR LA CANTIDAD QUE PERMANEZCA PARCIALMENTE INSOLUTA, UN INTERÉS MORATORIO CUYA TASA ANUAL SERA EQUIVALENTE A DOS VECES EL COSTO PORCENTUAL PROMEDIO QUE SEÑALE EL BANCO DE MÉXICO O QUIEN SUSTITUYA.
PARA CUALQUIER LITIGIO EN RELACIÓN A ESTE PAGARÉ, TODOS LOS OBLIGADOS RENUNCIAN EXPRESAMENTE AL FUERO DE SU DOMICILIO O A CUALQUIER OTRA JURISDICCIÓN QUE LES PUDIERA CORRESPONDER A SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO Y SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN QUE LES PUDIERA CORRESPONDER A SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO Y SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y TRIBUNALES COMPETENTES EN LA CIUDAD DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, MÉXICO, APLICÁNDOSE LAS LEYES VIGENTES.