• Datos del contacto

  • Format: (000) 000-0000.
  • Fecha*
     - -
  • Aislamiento

  • 1- Constatar que las redes de distribución cumplan los requerimientos de aislamiento de las partes energizadas, para evitar contactos, tanto por disminución en las distancias de seguridad cuando el aislamiento es el aire o por deficiencias o insuficiencias de los componentes aislantes. RETIE art. 25.6.*
  • Aisladores

  • 2- Los Aisladores deben tener como mínimo las siguientes cargas de rotura: Los de suspensión tipo disco, por lo menos el 80% de la tensión de rotura del conductor utilizado; Tipo carrete, mínima equivalente al 50% de la carga de rotura del conductor utilizado; Tipo espigo (o los equivalentes a Line Post), mínima equivalente al 10% de la carga de rotura del conductor utilizado; Tipo tensor, debe Constatarse que la carga de rotura sea superior a los esfuerzos mecánicos a que será sometido por parte de la estructura y del templete en las condiciones ambientales más desfavorables. RETIE Numeral 25.6.2.a.*
  • 3- Mantenimiento. El criterio para determinar la pérdida de su función será la rotura o pérdida de sus características aislantes, al ser probados a tensión eléctrica y esfuerzo mecánico de acuerdo con las normas que le apliquen RETIE Numeral 25.6.2.b.*
  • Cartilla de Seguridad

  • 4- Constatar que la cartilla esté escrita de manera práctica, sencilla y concisa, en lo posible, con ilustraciones al texto de referencia RETIE Numeral 26.1.a.- Constatar que esté dirigida al usuario final y al potencial, ser entregada el día en que se pone en servicio una instalación eléctrica. Igualmente, debe estar disponible y permitir ser consultada en puntos de atención al público. RETIE Numeral 26.1.b.*
  • 5- Constatar la Indicación los procedimientos a seguir para adquirir información e ilustración relativa al servicio de energía eléctrica, incluidos los procedimientos relativos a las solicitudes de ampliación del servicio, identificación y comunicación con la empresa prestadora del servicio. RETIE Numeral 26.1.c.*
  • 6- Constatar que Contenga recomendaciones prácticas relacionadas con el manejo de los artefactos eléctricos RETIE Numeral 26.1.f.*
  • 7- Constatar que la Información esté de una manera resaltada, cómo y dónde reportar emergencias que se presenten en el interior o en el exterior del domicilio RETIE Numeral 26.1.d*
  • 8- Verificar que exista el Resumen de las principales acciones de primeros auxilios en caso de contacto eléctrico RETIE Numeral 26.1.e.*
  • 9- Verificar que exista el Resumen de las principales acciones de primeros auxilios en caso de contacto eléctrico RETIE Numeral 26.1.e.*
  • Estructuras de Soporte

  • 10- Constatar que se empleen postes o estructuras con dimensiones y carga de rotura estandarizadas. RETIE Numeral 25.4 a.*
  • 11- Constatar que los postes de madera y todos los elementos de madera usados en las redes de distribución estén debidamente tratados para la protección contra hongos y demás agentes que aceleran su deterioro. RETIE Numeral 25.4 b.*
  • 12- Constatar que en zonas urbanas o semiurbanas, susceptibles de iluminación con alumbrado público, las estructuras se instalen teniendo en cuenta alturas e inter distancias apropiadas para un sistema de alumbrado público que atienda los objetivos y requisitos del Retilap. RETIE Numeral 25.4 Literal h.*
  • 13- Constatar que los postes que presenten fisuras u otros deterioros que comprometan las condiciones mecánicas y la seguridad de la estructura, sean cambiados. RETIE Numeral 25.4 e.*
  • 14- Constatar que la soldadura utilizada para fabricar el poste metálico cumpla con lo estipulado en norma ASCE-48. RETIE Numeral 25.4 d.*
  • 15- Constatar que en zonas no interconectadas y lugares de difícil acceso, se permite la instalación de postes de concreto, o torrecillas metálicas, construidos o armadas en sitio o en lugares cercanos, para estos postes y torrecillas, la conformidad con el presente reglamento se hará mediante declaración del proveedor, utilizando el criterio de la norma ISO/IEC/NTC 17050 partes 1 y 2, dicha declaración la suscribirá el productor y debe estar acompañada de los diseños, descripción técnica de componentes y constructivas que garantice acatar los requerimientos mecánicos y de protección contra la corrosión exigidos en el presente Anexo General. Igualmente, se permite la utilización de postes de madera, siempre que hayan sido debidamente inmunizados para una vida útil no menor a 15 años y soporten las cargas mecánicas a las cuales se les va a someter. RETIE Numeral 25.4 Literal g.*
  • 16- Constatar que los postes o estructuras en suspensión, que estén fabricados en componentes sintéticos, siempre y cuando su resistencia de rotura sea mayor a 250 kgf, su montaje se haga en lugares de difícil acceso, en sus alrededores no se presente concentraciones de personas, su resistencia mecánica a la rotura supere el resultante de las fuerzas que actúan sobre el poste en condiciones de menor temperatura y máximo viento y esté certificado para condiciones ambientales similares a las del sitio de instalación. RETIE Numeral 25.4 f.*
  • 17- Constatar que las estructuras estén protegidas contra la corrosión, para soportar una vida útil no menor a 25 años y las que soporten redes de media tensión deben estar sólidamente puestos a tierra. La pintura deberá ser de resina epóxica con el espesor adecuado que resista la abrasión, la corrosión, la humedad y el desprendimiento, tal como lo estipulan las normas ASTM sobre el tema de pintura. RETIE Numeral 25.4 c.*
  • Requisitos Básicos para Sistemas de Distribución

  • 18- Constatar que el responsable de la construcción, operación y mantenimiento debe dar los elementos de protección, en cantidad suficiente para que las personas calificadas puedan acatar con los requerimientos de la labor que se va a emprender, los cuales deben estar disponibles en lugares fácilmente accesibles y visible. RETIE art. 25.2.e.*
  • 19- Constatar que los operadores de otros servicios que comparten la infraestructura para la prestación del servicio de energía eléctrica aseguren la disponibilidad de espacios y acatar los procedimientos seguros para el montaje, adecuación, operación y mantenimiento tanto de la infraestructura de esos servicios como el de electricidad. Igualmente, debe avalarse que las exigencias de esfuerzos mecánicos resultantes en cada estructura de soporte, por el peso de cables, equipos y demás cargas aplicadas, aseguren acatar las exigencias del RETIE en las actividades de diseño, supervisión, construcción, operación, mantenimiento, reposición u otras relacionadas con las líneas, las redes eléctricas y los equipos asociados. RETIE art. 25.2.g.*
  • 20- Constatar que la empresa que opere una red de distribución suministre capacitación a cada una de las personas calificadas que laboren en las instalaciones energizadas o en las proximidades de estas, la cual debe incluir divulgación sobre los riesgos eléctricos; así mismo tiene que asegurarse que cada uno de los profesionales que trabajan en dichas instalaciones estén calificados y autorizados para atender las exigencias de rutina del trabajo. RETIE art. 25.2.c.*
  • 21- Constatar que las personas calificadas deben conocer perfectamente las normas de seguridad y pueden ser evaluados en cualquier momento por la autoridad o la empresa propietaria de la red para demostrar sus conocimientos sobre las mismas. Así mismo, si la labor se realiza en las proximidades de equipos o líneas energizadas, deben ejecutar solo aquellas tareas para las cuales han sido capacitados, equipados y autorizados. Aquellos que no tengan la suficiente experiencia, deben trabajar bajo la dirección de un profesional competente y ejecutar solo tareas dirigidas. RETIE art. 25.2.f.*
  • 22- Constatar que la empresa deje un registro de las pruebas técnicas y rutinas de mantenimiento, como de la instalación tanto de los equipos que permitan hacer la asociación del mantenimiento. RETIE art. 25.2.b.*
  • 23- Validar que todo profesional competente que desarrolle actividades asociadas a las redes de distribución, esté capacitado sobre los procedimientos que deben seguirse en caso de que ocurra alguna emergencia de tipo eléctrico, así como de las reglas de primeros auxilios, incluyendo los métodos probados de reanimación. Copias de dichas reglas y procedimientos deben mantenerse en sitios visibles tanto en vehículos como en lugares donde el número de trabajadores o la naturaleza del trabajo lo justifiquen. RETIE art. 25.2.d.*
  • 24- Constatar que cada proyecto de distribución tenga un diseño, con memorias de cálculos y planos de construcción, con el nombre, firma y matrícula profesional del responsable del diseño. RETIE art. 25.2.a.*
  • Información Periódica

  • 25- El Operador de Red o el comercializador, según sea el caso, deben instruir al usuario del servicio de energía, al menos cada seis meses, sobre recomendaciones de seguridad, escritas en letras con un tamaño de fuente mínimo ocho, impresa en la factura o en volantes anexos a esta. Igualmente, deben realizar campañas de advertencia de los riesgos asociados a las redes, en particular aquellas aledañas a viviendas. RETIE Numeral 26.2.*
  • Conductores, Cables de Guarda y Cables de Retención

  • 26- Constatar que los conductores, cables de guarda y cables de retención usados en redes de distribución deben acatar los requerimientos eléctricos y mecánicos para las condiciones donde sean instalados. RETIE Artículo 25.7.*
  • Conductores Aéreos

  • 27- Constatar que los empalmes de conductores aéreos aseguren operar por lo menos al 90% de la tensión mecánica de rotura sin que el conductor se deslice. RETIE Numeral 25.7.1.e.*
  • 28- Constatar que el propietario o tenedor de una red aérea debe retensionar los cables que por el uso se han distensionado y estén violando la altura mínima de seguridad. Si con esa medida no se logra la altura requerida, debe ampliar la altura de las estructuras de soporte, o usar cables aislados o semiaislados. RETIE Numeral 25.7.1.h*
  • 29- Constatar la instalación de los herrajes apropiados para el tipo, material y calibre del conductor. RETIE Numeral 25.7.1.b.*
  • 30- Constatar que en áreas donde no se puedan avalar las distancias de seguridad, se empleen conductores aislados o semiaislados con las restricciones establecidas en el artículo 13° del Retie. RETIE Numeral 25.7.1.d.*
  • 31- Constatar que cuando se observe deterioro del conductor por la pérdida de hilos, afectaciones por arcos o cortocircuitos que disminuyan la disminución de su tensión de rotura, se cambien o tomen las acciones correctivas. RETIE Numeral 25.7.1.g*
  • 32- Constatar que los conectores o uniones con otros conductores sean de componentes apropiados, que no produzcan par galvánicos, que pongan en riesgo de rotura el conducto. RETIE Numeral 25.7.1.f*
  • 33- Constatar que en el diseño se tenga en cuenta el criterio de pérdidas técnicas en la selección del conductor económico. RETIE Numeral 25.7.1.c*
  • 34- Constatar que en ningún momento los conductores estén sometidos a tensiones mecánicas por encima de las especificadas y el tendido en redes aéreas no debe pasar el 25% de la tensión de rotura. RETIE Numeral 25.7.1.a.*
  • Puesta Tierra de Sistemas de Distribución

  • 35- Constatar que en los sistemas de puesta a tierra se cumplan los criterios establecidos en el Artículo 15° del Retie. RETIE Numeral 25.3 y Art. 15*
  • 36- Constatar que los trabajadores consideren todas las partes metálicas no puestas a tierra, como energizadas, con la tensión más alta a la cual están expuestos, a menos que se verifique mediante pruebas que estas partes están sin tensión. RETIE Numeral 25.3 y Art. 15*
  • 37- Constatar que el Operador de Red entregue a los diseñadores de un proyecto, el valor de la máxima corriente de falla a tierra esperada en el nodo respectivo. RETIE Numeral 25.3 y Art. 15*
  • Herrajes

  • 38- Verificar que los herrajes, usados en distribución deexhibanel cumplimiento con el Retie mediante Certificado de Conformidad de Producto expedido por un organismo acreditado por el ONAC. RETIE Numeral 25.5.a*
  • 39- Constatar que los herrajes empleados en los circuitos de media tensión sean de diseño adecuado a su función mecánica y eléctrica y deben resistir la acción corrosiva durante su vida útil, para estos efectos se tendrán en cuenta las características predominantes del ambiente en la zona donde se requieran instalar. RETIE Numeral 25.5.b*
  • 40- Constatar que las grapas de retención del conductor soporten un esfuerzo mecánico en el cable no menor del 80% de la carga de rotura del mismo, sin que se produzca deslizamiento. RETIE Numeral 25.5.d*
  • 41- Constatar que los herrajes sometidos a tensión mecánica por los conductores y cables de guarda o por los aisladores, tengan un coeficiente de seguridad mecánica no inferior a 2,5 respecto a su carga de trabajo. Cuando la carga mínima de rotura se compruebe mediante ensayos, el coeficiente de seguridad podrá reducirse a 2. RETIE Numeral 25.5.c*
  • Información para el Usuario y Publico en General

  • 42- Los responsables de la operación de sistemas de distribución eléctrica deben mantener informada a la población de los riesgos asociados a la electricidad. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios podrá constatar el cumplimiento de este requisito. RETIE Artículo 26*
  • Conductores Subterráneos

  • 43- Constatar que las canalizaciones o ductos sean de componentes que reúnan las siguientes condiciones: No higroscópicos, Mantener un grado de protección adecuado al tipo de uso, avalar que no rasguen o deterioren el aislamiento de los conductores. RETIE Numeral 25.7.2.a*
  • 44- Constatar que se mantenga una distancia útil mínima de 0,20 m entre el borde externo del conductor y cualquier otro servicio (gas, agua, calefacción, vapor, aire comprimido, entre otros). Si esta distancia no puede ser mantenida, se deben separar en forma efectiva las instalaciones a través de una hilera cerrada de ladrillos u otros componentes dieléctricos resistentes al fuego y al arco eléctrico, de por lo menos 5 cm de espesor. RETIE Numeral 25.7.2.c*
  • 45- Constatar que los cables subterráneos instalados debajo de construcciones estén alojados en un ducto que salga como mínimo 0,30 m del perímetro de la construcción. RETIE Numeral 25.7.2.h*
  • 46- Constatar que todas las transiciones entre tipos de cables, las conexiones a las cargas, o las derivaciones, se realicen en cámaras o cajas de inspección que permitan mantener las condiciones y grados internas útiles de las cajas o cámaras de paso, derivación, conexión o salida deben ser adecuadas a las funciones específicas y permitir el tendido en función de la sección de los conductores. RETIE Numeral 25.7.2.l*
  • 47- Constatar que las uniones entre conductores aseguren la máxima hermeticidad posible y no deben alterar su sección transversal interna. Cuando se empleen ductos metálicos, estos deben ser galvanizados en caliente y estar conectados eléctricamente a tierra. RETIE Numeral 25.7.2.p*
  • 48- Constatar que los empalmes y derivaciones de los conductores sean accesibles. RETIE Numeral 25.7.2.o*
  • 49- Constatar que las canalizaciones subterráneas en base a ductos tengan cámaras de inspección o de paso, se deben instalar en tramos rectos a distancias no mayores a 80 m, salvo cuando existan causas debidamente justificadas en cálculos de tensión de halado que exijan una distancia diferente (por ejemplo, cruce de grandes avenidas), en cuyo caso debe quedar asentado en la memoria o especificación técnica del proyecto. RETIE Numeral 25.7.2.j*
  • 50- No se admite la instalación de cables sobre el nivel del suelo terminado, se entiende por “suelo terminado” el que habitualmente es pisado por las personas. RETIE Numeral 25.7.2.e*
  • 51- Constatar que las cajas y tapas para redes subterráneas, podrán ser prefabricadas, siempre que sean de componentes resistentes a la corrosión, que resistan impacto y aplastamiento, dependiendo del ambiente y el uso del suelo donde se instalen, lo cual debe demostrarse mediante el cumplimiento de una norma técnica para ese tipo de producto, tal como la ANSI/STCE 77. RETIE Numeral 25.7.2.m*
  • 52- Se permite el uso de conductores de aluminio en redes subterráneas de baja y media tensión siempre que el cable este certificado para uso subterráneo, sea instalado por profesionales competentes y se cumpla una norma técnica internacional, de reconocimiento internacional o NTC, tanto del producto como en la instalación. RETIE Numeral 25.7.2.q*
  • 53- Constatar la profundidad de enterramiento de ductos para redes de distribución subterráneas, tomada desde la superficie superior del suelo terminado hasta la parte superior del conductor o del ducto, no debe ser menor a los valores de la Tabla 25.1. Excepción: cuando existan conflictos con otras instalaciones subterráneas existentes en áreas peatonales para menos de 150 V pueden ser enterradas a una profundidad no menor a 0,45 m. RETIE Numeral 25.7.2.f*
  • 54- Constatar que los ductos se coloquen, con pendiente mínima del 0,1% hacia las cámaras de inspección, en una zanja de profundidad suficiente que permita el recubrimiento de relleno sobre el ducto. RETIE Numeral 25.7.2.g*
  • 55- Constatar que, para cables de enterramiento directo, el fondo de la zanja sea una superficie firme, lisa, libre de discontinuidades y sin obstáculos. El cable se dispondrá con una barrera de protección contra el deterioro mecánico, para lo cual se podrán utilizar ladrillos u otro tipo de cubierta mecánica. A una distancia entre 20 y 30 cm por encima del cable deben instalarse cintas de identificación o señalización no degradables en un tiempo menor a la vida útil del cable enterrado. RETIE Numeral 25.7.2.k*
  • 56- Constatar que el circuito y sus fases queden debidamente identificados en las cámaras de inspección. RETIE Numeral 25.7.2.n*
  • 57- Se acepta el uso de tubos corrugados de PVC de doble pared (tipo TDP) o de polietileno alta densidad para la protección mecánica térmica de cables de redes de media y baja tensión. RETIE Numeral 25.7.2.b*
  • 58- Constatar que los conductores dentro del ducto conserven la misma disposición y adecuación a lo largo de todo su recorrido, asegurando que se mantenga la separación de los circuitos. RETIE Numeral 25.7.2.d.*
  • 59- Constatar que se instalen todos los conductores de un circuito de la línea, sea monofásica o polifásica con su conductor de neutro y puesta a tierra de protección en el mismo ducto, si por las dimensiones del ducto no caben todos los conductores del circuito, se deberán utilizar ductos paralelos, siempre que estén cercanos y no sean de componentes conductores de la electricidad. En ductos metálicos o conductores todo el circuito debe ir en el mismo ducto, ya que circuitos incompletos inducen corrientes que calientan el ducto, comprometiendo la seguridad. RETIE Numeral 25.7.2.i*
  • Distancias de Seguridad en Redes de Distribución

  • 60- Quien detecte que los constructores de las edificaciones no cumplen con las distancias mínimas de seguridad en las redes de distribución eléctrica, podrá denunciar el hecho ante la autoridad competente (SIC o planeación municipal) por el no cumplimiento de reglamentos técnicos. RETIE Numeral 25.6.1.c*
  • 61- Constatar que los conductores de los circuitos de distribución cumplan con las distancias de seguridad establecidas en el artículo 13º y las establecidas para subestaciones en el Capítulo 6° del Retie, que le apliquen. RETIE Numeral 25.6.1.a*
  • 62- Mantenimiento. El criterio para determinar la pérdida de su función, será la rotura o pérdida de sus características aislantes, al ser probados a tensión eléctrica y esfuerzo mecánico de acuerdo con las normas que le apliquen. RETIE Numeral 25.6.1.d*
  • 63- Constatar que los conductores de los circuitos de distribución cumplan con las distancias de seguridad establecidas en el artículo 13º y las establecidas para subestaciones en el Capítulo 6° del Retie, que le apliquen. RETIE Numeral 25.6.1.a*
  • Recuerde que en el Descargo de responsabilidades esta guía no garantiza:

    Naturaleza del Software: De igual, manera no asegura que con el uso de este Software se cumplan los criterios establecidos para una certificación RETIE establecido por el ente acreditado.

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