En CITY MALL ALAJUELA queremos premiarte y celebrar el Verano.
Con base en lo anterior, CITY MALL ALAJUELA, como Centro Comercial Organizador de la promoción “City Summer” (en adelante referida como “LA PROMOCIÓN”), procede a emitir el presente Reglamento, el cual regirá LA PROMOCIÓN bajo las siguientes reglas y condiciones:
PRIMERA: ELEGIBILIDAD PARA PARTICIPAR: Con las excepciones que se señalan en el presente Reglamento, serán considerados como PARTICIPANTES en LA PROMOCIÓN todas aquellas personas que, en la fecha de inicio de LA PROMOCIÓN, sean mayores de edad, para lo cual deberán demostrar frente al Organizador dicha condición mediante documento idóneo, válido, vigente y reconocido por el gobierno de Costa Rica. Además, en el caso de las personas Ganadoras del premio descrito más adelante y su acompañante, deberán contar con su pasaporte y documentación de viaje vigentes y al día, lo cual deberán demostrar frente al Organizador mediante documento idóneo, válido, vigente y reconocido por el gobierno de la República de Costa Rica y las autoridades de la República de Colombia.
CITY MALL ALAJUELA considerará como PARTICIPANTE de la PROMOCIÓN únicamente a la persona física mayor de edad que realice una compra en los términos consignados en la cláusula tercera siguiente, y siga en su totalidad todas las normas estipuladas en este reglamento.
Cualquier disputa del usuario/participante con terceros en cuanto a la titularidad de la PROMOCIÓN será un asunto ajeno a CITY MALL ALAJUELA, independientemente del origen o causa de la adquisición del producto, o de cualquier otro aspecto relacionado con esa o con cualquier otra transacción en la que el usuario/participante esté involucrado, por lo que desde ya CITY MALL ALAJUELA se libera de toda responsabilidad relacionada directamente y/o indirectamente con conflictos del usuario/participante con cualquier persona por motivos de la presente PROMOCIÓN y sus premios.
SEGUNDA: TERRITORIALIDAD: La presente PROMOCIÓN será válida y efectiva únicamente dentro de la República de Costa Rica.
TERCERA: DINÁMICA DE LA PROMOCIÓN: Durante el plazo de LA PROMOCIÓN, del martes 1 de abril al 30 de abril del 2025, todos los PARTICIPANTES deberán efectuar una compra con un valor de ¢15.000 (quince mil colones) dentro del Centro Comercial City Mall en cualquiera de sus comercios, y proceder a completar el formulario alojado en la página web www.promocionescitymall.com y proceder a guardar la factura participante. Por cada factura de compra con un valor de ¢15.000 (quince mil colones), el PARTICIPANTE tendrá derecho a llenar un formulario para participar en el SORTEO que se describe en la cláusula CUARTA siguiente. No obstante, lo anterior, una vez ejecutado el registro descrito y generada(s) la(s) participaciones, el PARTICIPANTE deberá conservar en todo momento la(s) factura(s) de compra para presentarlo(s) a CITY MALL ALAJUELA, para retirar su premio en caso de resultar favorecido en los términos que se consignan en la cláusula CUARTA siguiente. Asimismo, la PROMOCIÓN no aplica en compras fraccionadas, por lo que solo participan aquellas compras con facturas iguales o superiores a los QUINCE MIL COLONES.
CUARTA: SORTEO y PREMIO. Entre todos aquellos PARTICIPANTES que hayan registrado su compra en la página web antes referida, se elegirán a un PARTICIPANTE favorecido (en adelante referido como “GANADOR”) mediante un sorteo que será llevado a cabo en las instalaciones de CITY MALL ALAJUELA en la ciudad de Alajuela, el día 5 de mayo del 2025, en la hora y fecha que comunique por sus redes sociales el Centro Comercial, en presencia de un Notario Público autorizado que levantará el acta notarial correspondiente. El sorteo se realizará de manera manual mediante la toma aleatoria de uno los formularios registrados que garantiza la realización de un sorteo completamente aleatorio y sin posibilidad de manipulación.
En el sorteo se elegirán a un 1 GANADOR para el siguiente premio:
A) PRIMER PREMIO (PRIMER GANADOR): 2 boletos de avión para el o la ganador(a) y un acompañante ida y vuelta para 4 días y 3 noches en la isla de San Andrés que incluye el hospedaje, desayuno, almuerzo, cena, bebidas, snacks, traslado del aeropuerto al hotel, impuestos aéreos e impuestos de salida de Costa Rica.
No incluye impuesto de tarjeta de entrada a la isla.
No incluye ningún producto o servicio que no estén descritos anteriormente.
De igual manera se elegirán 3 PARTICIPANTES FAVORECIDOS SUPLENTES, quienes podrán reclamar los premios respectivos, en caso de que caduque el premio para el o la GANADOR(A) en los términos descritos en la Cláusula SÉTIMA siguiente, o si el o la GANADOR(A) no cumple con los requisitos respectivos bajo los términos del presente Reglamento. En el acta notarial respectiva se consignará el orden correspondiente de cada uno de los PARTICIPANTES FAVORECIDOS SUPLENTES, describiéndolos según el orden de elección como PARTICIPANTE FAVORECIDO SUPLENTE 1, y así sucesivamente.
QUINTA: NOTIFICACIÓN A EL O LA GANADOR(A): Una vez realizado el SORTEO y determinado(a) el o la GANADOR(A), CITY MALL ALAJUELA, hará el anuncio del o la GANADOR(A), por medio de una publicación en las redes sociales de CITY MALL ALAJUELA, y a partir de dicha publicación, el o la GANADOR(A) deberá de comunicarse con CITY MALL ALAJUELA por los medios más adelante indicados para el retiro del premio.
De cualquier manera, CITY MALL ALAJUELA procederá a contactar a el o la GANADOR(A) por vía telefónica al número de teléfono y correo electrónico consignado en el registro de la(s) factura(s) de compra correspondiente y se le indicará el lugar, la hora y la fecha en que se llevará a cabo la corroboración de datos de sus documentos de identificación (cédula de identidad), la(s) factura(s) registrada(s) de la compra y la firma de la documentación pertinente para la entrega del premio descrito en el presente Reglamento. Asimismo, en el caso de la persona Ganadora y su acompañante, deberán brindar su pasaporte y documentación de viaje vigente conforme a las leyes de la República de Costa Rica y la República de Colombia, al momento de reclamar el respectivo premio, conforme se describe en la cláusula primera supra.
El día coordinado con el o la GANADOR(A), CITY MALL ALAJUELA procederá a la verificación del cumplimiento de los requisitos correspondientes establecidos en el presente reglamento por parte del o la GANADOR(A).
De cumplirse con todos los requisitos, CITY MALL ALAJUELA procederá a la entrega del premio correspondiente según se detalla en el presente Reglamento, y el o la GANADOR(A) deberán firmar la constancia de entrega a conformidad del premio.
La fecha establecida para coordinación de entrega de los premios es el 9 de mayo del año 2025. La misma se realizará en Oficinas Administrativas de CITY MALL ALAJUELA. El o la GANADOR(A) deberán canjear su premio en las fechas, términos y condiciones que le indique CITY MALL ALAJUELA y no podrá apartarse de lo dispuesto por el organizador. CITY MALL ALAJUELA únicamente hará entrega de los premios correspondientes a el o la GANADOR(A) o PARTICIPANTES FAVORECIDOS SUPLENTES (de ser procedente) en forma PERSONAL, y no se hará entrega de ningún PREMIO a personas autorizadas, apoderados de ninguna índole y en general, a cualquier persona diferente a el o la GANADOR(A) o PARTICIPANTE FAVORECIDO SUPLENTE.
SEXTA: TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PREMIO: El premio se encuentra sujeto a los siguientes términos y condiciones:
6.1. Conforme a lo indicado en la cláusula Cuarta anterior, el premio consiste en un:
A) PRIMER PREMIO (PRIMER GANADOR): 2 boletos de avión para el o la ganador(a) y un acompañante ida y vuelta para 4 días y 3 noches en la isla de San Andrés que incluye el hospedaje, desayuno, almuerzo, cena, bebidas, snacks, traslado del aeropuerto al hotel, impuestos aéreos e impuestos de salida de Costa Rica.
No incluye impuesto de tarjeta de entrada a la isla.
No incluye ningún producto o servicio que no estén descritos anteriormente.
Dicho premio únicamente se entregará a más tardar el día 9 de mayo de 2025, el cual es la fecha límite para su respectiva entrega (en adelante referida como la fecha límite de entrega). En caso de que el o la GANADOR(A) y/o PARTICIPANTES FAVORECIDOS SUPLENTES no hagan efectivo el premio en la fecha correspondiente, CITY MALL ALAJUELA, sus representantes, afiliadas y empresas asociadas se eximen de toda responsabilidad por la pérdida y/o imposibilidad de cambio del premio por parte de los GANADORES.
6.2. Será responsabilidad única y exclusiva del o la GANADOR(A) asumir el costo y riesgo total del premio y su efectivo canje, liberando de toda responsabilidad a CITY MALL ALAJUELA, así como a cualquiera de sus socios, personeros, empleados, empresas afiliadas, sucursales y subsidiarias, sobre dichos rubros, así como por la modificación, pérdida, robo, sustracción o hurto del premio una vez entregado a el o la GANADOR(A).
RESTRICCIONES: Para todos los efectos, en el caso del primer premio, los mismos tienen las siguientes condiciones y restricciones:
- El viaje deberá agendarse viajar del 21 julio al 06 octubre o del 14 octubre al 23 diciembre de 2025.
- Los tiquetes no son transferibles ni canjeables con otras promociones y/o descuentos.
- No incluye tarjeta de turismo de San Andrés a pagar en el destino, que tiene un costo de cuarenta dólares (USD$40) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América por persona.
- El premio incluye únicamente los servicios y productos específicamente descritos. Cualquier servicio o producto adicional deberá ser cubierto por cuenta del ganador.
Además, se reitera, los boletos deberán ser utilizados del 21 de julio al 06 de octubre del 2025 o del 14 de octubre hasta el 23 de diciembre del 2025, la cual corresponde a la fecha límite que ha brindado la aerolínea para su utilización. CITY MALL ALAJUELA no se hace responsable por la omisión del GANADOR y/o su acompañante de cumplir con dichas fechas y desde ya se exime de toda responsabilidad al respecto.
Los participantes deberán cumplir con las leyes de Costa Rica y con las instrucciones que reciba de parte del CITY MALL ALAJUELA o de quienes participen en la prestación de cualquier porción del premio. El incumplimiento de esta obligación podrá dar pie al retiro del premio y el cobro de los daños y perjuicios causados. Adicionalmente, el o la GANADOR(A) y su acompañante deberán cumplir con las leyes migratorias de entrada y salida del país tanto de la República de Costa Rica como de la República de Colombia, incluyendo el respectivo comprobante de vacunación contra la fiebre amarilla. CITY MALL ALAJUELA, se libera de cualquier tipo de responsabilidad y se exime de cualquier daño, perjuicio y/o afectación que sufra el o la GANADOR(A) y su acompañante con motivo de cualquier restricción, impedimento de ingreso, tránsito y/o circulación que determine el Gobierno de la República de Costa Rica y/o de Colombia.
El o la GANADOR(A) no podrá ceder, traspasar, vender o en cualquier forma transferir la titularidad del premio, ni aplicar con otras promociones, descuentos y/o paquetes de viaje.
Finalmente, el resultado de la PROMOCIÓN, una vez determinado el o la GANADOR(A), se dará a conocer por medio de redes sociales, sin perjuicio de que CITY MALL ALAJUELA lo haga en uno o más medios de comunicación masiva.
SÉTIMA: CADUCIDAD DEL PREMIO Y ACTIVACIÓN DE LOS
PARTICIPANTES FAVORECIDOS SUPLENTES: Conforme a lo señalado en la cláusula quinta del presente Reglamento, CITY MALL ALAJUELA procederá a notificar a el o la GANADOR(A) vía llamada telefónica y comunicación por correo electrónico, conforme a los datos brindados por el o la GANADOR(A) al registrar sus facturas de compra.
No obstante, si dentro de las 48 horas posteriores a dicha notificación, el respectivo GANADOR o GANADORA no brinda una confirmación efectiva vía telefónica o vía electrónica al email: arturo.jimenez@ladylee.com ni se apersona a las oficinas administrativas de CITY MALL ALAJUELA el día y la hora acordadas para el retiro del premio sin justificación válida según los términos consignados en el párrafo final de la presente Cláusula, el premio caducará y le será entregado al respectivo PARTICIPANTE FAVORECIDO SUPLENTE siguiente según el lugar de elección antes descrito y consignado al realizarse el SORTEO, una vez verificados los requisitos establecidos en el presente Reglamento.
Igualmente, en caso de que el o la GANADOR(A) no cumplan con los requisitos y condiciones de la PROMOCIÓN, o se cumpla igualmente el plazo de caducidad aquí descrito a partir de su efectiva notificación, el premio será entregado al siguiente PARTICIPANTE FAVORECIDO SUPLENTE establecido en el acta notarial del SORTEO, y así sucesivamente.
En el caso de los PARTICIPANTES FAVORECIDOS SUPLENTES, estos ocuparán la posición siguiente al último GANADOR(A) elegido según el orden de elección de cada uno, es decir, en caso de que el o la GANADOR(A) no pueda hacer efectivo el premio según los términos de la presente cláusula, EL PRIMERO PARTICIPANTE FAVORECIDO SUPLENTE será el favorecido con el respectivo premio.
Para los efectos de la caducidad establecida en la presente Cláusula, se considerará únicamente como justificación válida para la no presentación en el día y hora acordada para el retiro del PREMIO, las siguientes:
a) Incapacidad debidamente emitida por la Caja Costarricense del Seguro Social.
b) Orden Sanitaria de aislamiento emitida por el Ministerio de Salud correspondiente.
En caso de existir dicha justificación, el o la GANADOR(A) o PARTICIPANTE FAVORECIDO SUPLENTE deberá hacer llegar la documentación respectiva a CITY MALL ALAJUELA por los medios de notificación aquí establecidos, antes de la hora coordinada para la entrega del PREMIO, a fin de coordinar una nueva fecha y hora de entrega en los términos consignados en el presente Reglamento.
Adicionalmente, y conforme a lo establecido en la cláusula sexta anterior, todos los premios únicamente se entregarán a más tardar el día 9 de mayo de 2025 la cual ha sido designada como fecha límite de entrega, por lo que CITY MALL ALAJUELA, sus representantes, afiliadas y empresas asociadas se eximen de toda responsabilidad por la pérdida y/o imposibilidad de cambio del premio por parte de el o la GANADOR(A) posterior a la fecha límite de entrega. Se reitera nuevamente que, el o la GANADOR(A) deberán reclamar dicho premio a más tardar el día 9 de mayo de 2025, aunque la fecha de entrega efectiva de los boletos estará sujeta al cumplimiento de todos los requisitos.
OCTAVO: PREMIOS SIN RETIRAR: En caso de que el o la GANADOR(A) y/o los PARTICIPANTES FAVORECIDOS SUPLENTES no cumplan con los requisitos establecidos en el presente Reglamento, o no sean localizados en los medios brindados en el registro respectivo, o el premio caduque en los términos consignados en las cláusulas SEXTA y SÉTIMA anterior, y queden premios sin ganador, CITY MALL ALAJUELA se liberará de toda responsabilidad por la entrega del o los premios y el o los mismos serán conservados por CITY MALL ALAJUELA para futuras promociones, regalías o concursos, según sus respectivos intereses.
NOVENA: PLAZO DE LA PROMOCION Y CANJE EFECTIVO DEL PREMIO: La PROMOCIÓN rige únicamente del día 1 de abril al 30 de abril del año 2025.
Una vez concluido el período promocional anterior, cesarán automáticamente los efectos, tanto de la promoción como del presente reglamento, salvo lo respectivo a la entrega de premios.
El premio deberá recibirse a más tardar el día 9 de mayo de 2025 como fecha límite de entrega.
Una vez entregado el premio, el o la GANDADOR(A) o el PARTICIPANTE FAVORECIDO SUMPLENTE de corresponder, y su acompañante, deberán canjear el premio en las fechas estipuladas para realiza el viaje, sea del 21 julio al 06 octubre de 2025, o bien del 14 octubre al 23 diciembre de 2025.
Caso contrario, se reitera, CITY MALL ALAJUELA, sus representantes, afiliadas y empresas asociadas se eximen de toda responsabilidad por la imposibilidad de cambio o eficacia del premio.
DÉCIMA: PROHIBICIÓN DE PARTICIPACIÓN: Por la naturaleza de la PROMOCIÓN, las siguientes personas no podrán participar y no se considerarán participantes válidos para la PROMOCIÓN:
10.1. Empleados, ejecutivos y funcionarios de CITY MALL ALAJUELA (así de cualquiera de las compañías que conforman el Grupo Corporación Lady Lee), y cualquiera de sus empresas afiliadas, relacionadas y/o subsidiarias.
10.2. Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad, y demás proveedores involucrados en la PROMOCIÓN.
10.3. Funcionarios de cualquiera de las empresas copatrocinadoras de la PROMOCIÓN que debido a su cargo puedan de alguna forma influir en el desarrollo de la PROMOCIÓN o la asignación de los premios.
10.4. Los parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad de todos cualquiera de las personas anteriormente mencionadas.
DÉCIMA PRIMERA: RESTRICCIONES:
Con motivo de la presente PROMOCIÓN, CITY MALL ALAJUELA establece las siguientes restricciones para la validez de cualquiera de los actos, efectos, o premios derivados de la presente PROMOCIÓN:
11.1 Validez: PROMOCIÓN válida únicamente del 1 de abril hasta el 30 de abril del 2025.
11.2 Aplican Restricciones y no aplica en conjunto a otras promociones.
11.3 Para redimir cualquiera de los premios, se deberá presentar la factura registrada, y cédula de identidad válidas y vigentes en la República de Costa Rica, así como el pasaporte y documentos de viaje válidos y vigentes, en los términos antes descritos.
11.4 CITY MALL ALAJUELA se reserva el derecho de modificar la fecha del sorteo y de entrega de premios. En consecuencia, de ocurrir algún cambio, CITY MALL ALAJUELA lo comunicará inmediatamente por medio de sus redes sociales.
DÉCIMA SEGUNDA: RESPONSABILIDAD DE CITY MALL ALAJUELA:
CITY MALL ALAJUELA es responsable únicamente por la ejecución del sorteo y entrega del premio indicado en este Reglamento a los respectivos ganadores o suplentes.
No obstante, el o la GANADOR(A) serán los únicos responsables por el efectivo y válido uso y disfrute del premio, así como del cumplimiento de todas las normativas y leyes correspondientes en la República de Costa Rica, y para el ganador del segundo premio y su acompañante, las normativas vigentes de la República de Colombia.
Al participar y hacer efectiva la PROMOCIÓN, los participantes y ganadores liberan de toda responsabilidad a CITY MALL ALAJUELA, sus copatrocinadores, sus socios, representantes, personeros, empleados, agentes, ejecutivos, empresas afiliadas, socias, sucursales, subsidiarias y demás involucrados en la PROMOCIÓN, así́ como por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en la PROMOCIÓN, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la PROMOCIÓN.
Adicionalmente, el o la GANADOR(A) y su acompañante, serán responsables exclusivos del cumplimiento de todas y cada una de las normativas y directrices que establezcan las autoridades gubernamentales migratorias para el ingreso y salida de la República de Costa Rica y de la República de Colombia para el momento del viaje, por lo que, desde ya, liberan de toda responsabilidad a CITY MALL ALAJUELA, sus copatrocinadores, sus socios, representantes, personeros, empleados, agentes, ejecutivos, empresas afiliadas, socias, sucursales, subsidiarias y demás involucrados en la PROMOCIÓN, de cualquier impedimento legal o cambio normativo que dichas autoridades establezcan y que les imposibilite del disfrute del premio, al corresponder a disposiciones directas de cada gobierno, sobre el cual CITY MALL ALAJUELA no tiene injerencia alguna.
El presente Reglamento rige para todos los participantes de la PROMOCIÓN, por lo que, con su aceptación, los participantes declaran expresamente que conocen y aceptan todas las condiciones y limitaciones establecidas en el presente reglamento, incluyendo la exoneración de responsabilidad y la autorización para el uso de su imagen al momento de publicación de los respectivos ganadores.
CITY MALL ALAJUELA expresa y aclara que Facebook Inc. y sus diferentes plataformas de redes sociales activas, no participan, avalan ni administran de modo alguno la PROMOCIÓN, ni están asociados a ella, por lo que no tienen ninguna responsabilidad relacionada con el manejo y administración de la PROMOCIÓN.
El o la GANADOR(A) y PARTCIPANTES FAVORECIDOS SUPLENTES aceptan con en este Reglamento que CITY MALL ALAJUELA pueda utilizar su imagen en los videos que se producirán para la entrega de los premios, donde su imagen será utilizada y aparecerá en publicaciones elaborados para difusión en los diferentes medios publicitarios y en general en todo material que sea divulgado en relación con las actividades posteriores a la promoción.
Con la aceptación del presente Reglamento, el participante es consciente que está proporcionando su información a CITY MALL ALAJUELA.
CITY MALL ALAJUELA se compromete a manejar la información que proporcione el participante de manera estrictamente confidencial y con el único fin de la PROMOCIÓN, por lo que NO compartirá la información brindada por el participante ni su imagen para otros fines, promociones, concursos, plataformas de redes sociales, o cualquier acción adicional fuera de la PROMOCIÓN.
DÉCIMA TERCERA: MODIFICACION DEL REGLAMENTO: CITY MALL ALAJUELA se reserva el derecho de modificar este Reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción, así como los intereses de los participantes.
DÉCIMA CUARTA: SUSPENSIÓN DE LA PROMOCIÓN: CITY MALL COSTA RICA se reserva el derecho de suspender la PROMOCIÓN en forma temporal o de manera definitiva en caso de comprobarse la existencia de acciones fraudulentas o engañosas en la PROMOCIÓN, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de CITY MALL ALAJUELA. La alteración de documentos e información sobre el participante, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la PROMOCIÓN y las acciones que a juicio de CITY MALL ALAJUELA sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la PROMOCIÓN o a CITY MALL ALAJUELA, sus patrocinadores, empresas afiliadas, sucursales, subsidiarias, socios, ejecutivos, representantes legales, persones, y/o empleados, facultarán a CITY MALL ALAJUELA a la suspensión temporal o permanente de la PROMOCIÓN sin detrimento de las medidas y reclamos administrativos y/o judiciales previstos en la Ley que pueda interponer CITY MALL ALAJUELA.
DÉCIMA QUINTA: RELACIÓN ENTRE LAS PARTES: Ninguna disposición de la presente PROMOCIÓN se deberá́ interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante o ganador de la PROMOCIÓN, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de CITY MALL ALAJUELA, sus empresas afiliadas, sucursales o subsidiarias. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.
DÉCIMO SEXTO: ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO:
El presente Reglamento aplica para todos los Participantes de “LA PROMOCIÓN”, por lo que aceptan de forma incondicional todas y cada una de las reglas y normativas que rigen “LA PROMOCIÓN” plasmadas en el presente Reglamento, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de CITY MALL ALAJUELA. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de CITY MALL ALAJUELA en cualquier asunto relacionado con la PROMOCIÓN.
El otorgamiento de cualquiera de los premios establecidos en la PROMOCIÓN estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento.
DÉCIMO SÉTIMA: NOTIFICACIONES: El participante podrá comunicarse con CITY MALL ALAJUELA mediante sus diferentes plataformas de redes sociales, o bien mediante llamada telefónica al teléfono: 4037-8400 de CITY MALL, o al correo electrónico: arturo.jimenez@ladylee.com
El Reglamento de la presente promoción será publicado en www.promocionescitymall.com y redes sociales de City Mall.