Petición Individual para Convocar Asamblea Extraordinaria Condominio Costa Dorada
Solicitud de Convocatoria a Asamblea Extraordinaria
Yo, el/la propietario/a abajo firmante del Condominio Costa Dorada, me uno a la solicitud para que se convoque una asamblea extraordinaria de conformidad con la Sección 50 de la Ley de Condominios de Puerto Rico (Ley Núm. 129-2020), que permite a los titulares que representen
al menos una quinta parte (1/5) de los votos convocar dicha asamblea, con el fin de tratarlos
Agendas Propuestas para la Asamblea Extraordinaria:
1. Discusión y Votación sobre Remoción de Tormenteras Instaladas: Abordar el requisito de remoción de tormenteras existentes, tema votado el 14 de abril 2025 pero invalidado por no estar en agenda.
2. Cancelación de Demandas: Considerar y votar la cancelación de las demandas contra la familia Rezvani (Calle 8, Ap. E201) y Wanda N. Meléndez Cruz, relacionadas con el tema de las tormenteras. (Contexto: La familia Rezvani buscó votación sobre tormenteras; Wanda N. Meléndez Cruz, exsecretaria, se opuso a la remoción sin votación formal
3.Votación sobre Destitución del Presidente: Realizar votación para destituir al actual presidente de la junta, por oponerse al derecho de los titulares a votar sobre el tema de las tormenteras y el por demandar a los Titulares sin el consentimiento del Consejo de
4. Votación sobre Remoción del Abogado: Realizar votación para remover al abogado actual de la asociación, por posible conflicto de interés y potencial daño financiero alos titulares al usar demandas para sentar precedentes.
Solicito formalmente, junto a los demás titulares firmantes de peticiones idénticas, que esta asamblea extraordinaria se convoque a la mayor brevedad posible, notificando a todos los titulares conforme a la Sección 6 de la Ley de Condominios. Si la Junta Directiva no convoca la asamblea dentro de los 15 días siguientes a recibir peticiones que representen al menos 1/5 de los votos, los titulares firmantes procederemos a convocarla directamente, según lo permite la ley.