Acuerdo de Representación Exclusiva y Scouting Por medio de este documento, el cliente arriba nombrado acuerda lo siguiente: 1. Reconocimiento de Información Recibida El cliente reconoce haber recibido información sobre esta propiedad a través de los esfuerzos de POMAHome, Knock-Knock Realty y/o sus agentes autorizados. Dichos esfuerzos se consideran satisfechos con la entrega de información por videos, fotografías, mensajes de texto, WhatsApp, Instagram, Facebook, Messenger, email, o cualquier otro medio. Esta información constituye evidencia suficiente de que los agentes cumplieron con su labor conforme a la Ley 10 de Bienes Raíces de Puerto Rico y el Código Civil de Puerto Rico. y la Ley COLA.
Toda interacción con dicha información, incluyendo su recepción, visualización, reenvío, solicitud de cita o visita (presencial o virtual), constituye aceptación expresa y/o tácita de los términos establecidos en este documento, conforme a la doctrina de actos propios, la teoría del consentimiento tácito, el principio de buena fe y el marco normativo vigente. 2. Exclusividad en la Gestión de la Propiedad. El cliente acuerda que toda gestión sobre esta propiedad será tramitada exclusivamente por POMAHOME™ y Knock-Knock Realty durante veinticuatro (24) meses, comprometiéndose a no contactar al propietario ni a terceros bajo ninguna circunstancia. 3. Presentación Exclusiva de Ofertas Todas las ofertas deberán ser presentadas únicamente a través de los agentes de POMAHome y Knock-Knock Realty, por escrito y dentro de valores razonables según mercado. Además, deberán incluir carta de cualificación bancaria y cheque de opción con el porcentaje acordado entre el agente listador y los agentes de POMAHome y Knock-Knock Realty. 4. Relación Vinculante y Comisión Al presentar una oferta o firmar esta hoja de visita, el agente listador o propietario reconoce la relación vinculante con POMAHome conforme a la Ley 10 de Bienes Raíces de Puerto Rico, comprometiéndose a no interferir en sus gestiones. De aceptarse una oferta presentada por el cliente de POMAHome, se requerirá el pago de la comisión correspondiente. En caso de Cobroke, POMAHome determinará la distribución de la comisión según la oferta presentada. 5. Exclusividad de Scouting y Penalidad por Incumplimiento El cliente reconoce que POMAHome y Knock-Knock Realty han realizado scouting inmobiliario para la localización y presentación de la propiedad. Por tanto, toda oferta, negociación o transacción deberá ser gestionada exclusivamente por POMAHome y Knock-Knock Realty, sin contacto directo con el propietario ni terceros. El cliente no podrá gestionar la compra, venta o negociación de esta propiedad con terceros ni interferir en la relación exclusiva con POMAHome y Knock-Knock Realty. Cualquier violación a esta exclusividad, incluyendo contacto directo con el propietario, contratación de otros agentes o intentos de negociación independientes, constituirá un incumplimiento grave. En caso de incumplimiento, el cliente acepta pagar una penalidad del 6% del precio de venta mercadeado de la propiedad, exigible de inmediato sin requerimiento judicial ni formalidad adicional, sin perjuicio de otras acciones legales para reclamar daños adicionales conforme a la Ley 10 y el Código Civil de Puerto Rico. Durante y después de este término de exclusividad, todo prospecto, cliente o inversionista referido directa o indirectamente por el cliente o su agente quedará protegido bilateralmente, reconociéndose como contacto privilegiado para futuras negociaciones gestionadas exclusivamente por POMAHome™ y Knock-Knock Realty. Asimismo, cualquier uso, visualización, reenvío, distribución o acción tomada con relación al contenido compartido por POMAHome™ —incluyendo fotos, videos, enlaces, formularios, coordenadas o información transmitida por cualquier medio— activará de forma automática las disposiciones vinculables de este acuerdo, aun sin firma expresa, conforme a la doctrina de uso unilateral, la Ley Uniforme de Transacciones Comerciales (UCC) y la Ley COLA. Esta protección se mantendrá vigente por un período mínimo de doce (12) meses contados a partir de la fecha de la primera visita presencial o virtual, o del primer contacto documentado con el material provisto, lo que ocurra más tarde, y continuará vigente posteriormente respecto a cualquier cliente identificado, referido o gestionado inicialmente por POMAHome™, aún si el término formal hubiera expirado.
Esta restricción aplica de manera solidaria al cliente comprador, al propietario vendedor, así como a cualquier agente de bienes raíces externo, empresa, firma o representante legal que, con conocimiento previo o posterior, intervenga directa o indirectamente en la gestión, promoción, negociación o intento de adquisición de esta propiedad sin la debida autorización escrita de POMAHome™. Cualquier firma, acto o gestión realizada por un corredor externo, comprador o vendedor se considerará vinculante mediante notificación unilateral por parte de POMAHome™, sin requerir firma adicional ni acuerdo bilateral expreso, conforme a la doctrina de actos propios, la Ley 10 y el Código Civil de Puerto Rico. 6. Nota de Copyright Este documento y su contenido son propiedad intelectual de POMAHome y Knock-Knock Realty. Se prohíbe su copia, reproducción, distribución o uso sin autorización, bajo pena de acciones legales conforme a las leyes de propiedad intelectual. 7. Declaración del Cliente y del Agente El cliente y, si aplica, cualquier agente externo, reconocen y aceptan todas las condiciones establecidas en este documento. Se comprometen a gestionar toda transacción sobre la propiedad exclusivamente a través de POMAHome y Knock-Knock Realty, conforme a la Ley 10 de Bienes Raíces de Puerto Rico.
Cumplimiento Legal y Relevo de Responsabilidad En cumplimiento con la Ley 10 de 1994, el Código Civil de Puerto Rico, la Ley Uniforme de Transacciones Comerciales (UCC) y demás normativas aplicables, podrá requerirse un depósito de opción cuyo monto dependerá de la transacción y la normativa vigente. POMAHOME™ garantiza la equidad en todas sus gestiones conforme a la Ley 131-2009 y la Fair Housing Act, asegurando que ningún proceso se verá afectado por discriminación.
Autorización de Grabación y Exclusividad Al solicitar o asistir a una visita, compradores, agentes y visitantes autorizan la grabación de audio y video conforme a la Doctrina de "Public View" y la Política de "One-Party Consent", permitiendo su uso sin restricciones para documentación, promoción y seguridad. La presencia en la visita constituye autorización expresa y relevo total de cualquier reclamación presente o futura.
Relevo Total de Responsabilidad Los asistentes exoneran irrevocablemente a POMAHOME™, Knock Knock Realty, sus agentes, empleados, representantes autorizados, incluyendo al señor Michael POMA, y al propietario, de toda responsabilidad por accidentes, daños o perjuicios ocurridos antes, durante o después de la visita. El acceso a la propiedad se realiza bajo propio riesgo y responsabilidad, sin derecho a reclamación alguna.
Acuerdo de Exclusividad Al asistir, el comprador y su agente aceptan un acuerdo exclusivo con POMAHOME™ y Knock Knock Realty por veinticuatro (24) meses, debiendo gestionar cualquier oferta o negociación únicamente a través de los agentes autorizados. Se prohíbe cualquier contacto, negociación o interacción con el propietario. El incumplimiento de este acuerdo constituirá una violación grave, sujeta a penalidades legales. La asistencia a la visita implica la aceptación total e irrevocable de estos términos.