CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA USO DISTINTO DE VIVIENDA (TEMPORADA-NO TURÍSTICO)
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  • CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA USO DISTINTO DE VIVIENDA (TEMPORADA-NO TURÍSTICO)

    REUNIDOS

    De una parte, la sociedad MADRID COZY CORNERS S.L., con CIF B13682489, con domicilio social en Carrera de San Jerónimo, 14, 2D, Madrid 28014 debidamente representada por D. Ignacio Luis Andrade Larrain, con NIE Y2556708L, en calidad de representante legal y arrendadora.

    Y de otra parte, {nombreDel}, con identificación {dniO}, con domicilio en, {direccionCompleta}. Actuando en su propio nombre y derecho, en calidad de arrendatario.

    Ambas partes, reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para contratar,

    EXPONEN


    1. Que MADRID COZY CORNERS S.L. es titular (o gestora con autorización expresa) del inmueble situado en {direccionInmueble11}, en perfecto estado de uso y habitabilidad.

    2. El arrendatario declara expresamente que su necesidad de alojamiento es temporal y justificada, y que en ningún caso responde a fines turísticos ni constituye su residencia habitual. El motivo declarado de la estancia es:

    {motivoDe}

    Esto acredita el carácter transitorio del uso del inmueble. Ambas partes reconocen que este contrato se formaliza conforme al artículo 3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, en su modalidad de arrendamiento para uso distinto del de vivienda habitual.

    3. Que ambas partes desean formalizar el presente contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda habitual, al amparo del artículo 3.2 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU), en su redacción vigente.

    4. Que el arrendatario ha sido debidamente informado de que este inmueble no dispone de licencia de uso turístico, por lo que su uso debe quedar justificado dentro del marco legal del arrendamiento de temporada, bajo su exclusiva responsabilidad.

    5. El numero máximo de huéspedes es de: {numeroDe}

    CLÁUSULAS

    Primera. Objeto del contrato
    El arrendador cede al arrendatario el uso del inmueble antes indicado, exclusivamente para una estancia temporal, con la finalidad expuesta, quedando prohibido su uso como residencia habitual o alojamiento turístico.

    Segunda. Duración
    El contrato tendrá una duración determinada, desde el {fechaCheckin} hasta el {fechaCheck14}, sin posibilidad de prórroga automática. A la finalización, el arrendatario deberá desalojar el inmueble sin requerimiento previo.

    Tercera. Precio y forma de pago
    La renta total pactada es de {totalPagado} euros, que el arrendatario abonará íntegramente a través de la plataforma de intermediación {plataformaReserva}, la cual actúa como canal de gestión de pagos entre ambas partes. La sociedad arrendadora no recibirá ningún pago directo del arrendatario fuera de dicha plataforma.

    Cuarta. Fianza
    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, se establece como fianza la cantidad equivalente a dos mensualidades de renta. A efectos formales y administrativos, el arrendador manifiesta que se hará cargo personalmente de su constitución.

    Quinta. Servicios incluidos
    En el precio están incluidos los gastos ordinarios de comunidad, suministros (agua, luz, gas), Wi-Fi e impuestos derivados del inmueble.

    Sexta. Naturaleza del contrato
    El presente contrato no constituye un arrendamiento de vivienda habitual, por lo que no otorga derecho a empadronamiento, ni está sujeto al régimen de prórroga forzosa previsto en la LAU.

    Séptima. Obligaciones del arrendatario
    El arrendatario se compromete a:

    •       Utilizar el inmueble exclusivamente para el fin temporal acordado.

    •       No subarrendar ni ceder a terceros.

    •       No realizar actividades molestas, ilegales o contrarias a la normativa de convivencia.

    •       No alojar a más personas de las pactadas sin consentimiento escrito del arrendador.

    •       No publicitar ni explotar el inmueble en plataformas de alojamiento turístico.

    Octava. Estado del Inmueble
    El arrendatario declara haber recibido el inmueble en buen estado general de uso, limpieza, conservación e higiene, con el mobiliario y equipamiento básico necesario para su estancia temporal. Salvo que se comunique por escrito alguna incidencia dentro de las primeras 24 horas desde la entrada, se entenderá que acepta el estado del inmueble conforme a lo entregado.

    Novena. Exención de responsabilidad
    El arrendador queda exento de toda responsabilidad en caso de uso indebido del inmueble por parte del arrendatario, así como ante sanciones derivadas del incumplimiento del fin temporal declarado por este.

    Décima. Jurisdicción
    Para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

    Y en prueba de conformidad, firman ambas partes el presente contrato, en el lugar y fecha indicados.

    En Madrid, a la fecha de la firma.


     EL ARRENDADOR
    MADRID COZY CORNERS S.L.

     

     

    ________________________

    D. Ignacio Luis Andrade Larraín NIE: Y2556708L



    EL ARRENDATARIO

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