CONFIRMA AL FINAL DE ESTE TEXTO QUE ESTAS INFORMADO DE LO SIGUIENTE:
La persona accidentada es responsable de cerciorarse previamente de que está asegurada y conoce que la cobertura es para lesiones provocadas por accidentes deportivos. Se entiende por accidente deportivo el sufrido con ocasión del ejercicio de la actividad deportiva cubierta por el seguro, en el que se produce una lesión, sin patología ni alteración anatómica previa, que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad de la persona asegurada. Se cubren los accidentes ocurridos durante una competición o actividad deportiva debidamente organizada o dirigida por los organismos deportivos correspondientes, así como en entrenamientos. Esta comunicación será enviada a Generali, al club de la persona accidentada y también a la Federación, entidades que realizarán las comprobaciones oportunas para determinar si la atención corresponde a la definición de accidente deportivo descrita. Si no fuera así, la persona accidentada deberá abonar los costes derivados de las atenciones recibidas.
Con la tramitación que va a realizar se lleva a cabo la preceptiva comunicación administrativa del accidente a Generali. Esta comunicación no supone la aceptación de la cobertura de la atención, que deberá cumplir con los requisitos recogidos en la póliza de la temporada en curso, que puede consultarse AQUÍ .
NORMAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE
En caso de accidente que precise asistencia sanitaria de urgencia podrán dirigirse directamente al Centro Concertado entregando parte debidamente cumplimentado, firmado y sellado por el Tomador/Asegurado. De necesitar seguimiento médico después de la asistencia de urgencia, deberán solicitar autorización a la Compañía enviando este parte de accidente, informe médico de urgencia y prescripción del servicio solicitado al e-mail: autorizaciones.accidentes.es@generali.com.
Para cualquier información pueden ponerse en contacto con el teléfono : 91 112 34 43