Todo el material de trabajo que se entrega es propiedad de la Empresa. Por este motivo, debes ser responsable y comprometerte a devolver dicho material a la empresa en cualquier momento que te lo requiramos, en perfecto estado de uso tal y como te lo acabamos de entregar.
Esto significa que no se permite ni la pérdida, ni una negativa a su devolución. Ante estas circunstancias, tendrás la obligación de devolver el coste de los materiales perdidos o no devueltos. También se podrá valorar la posibilidad de sancionarte de conformidad con la normativa laborar de aplicación con mayor o menor gravedad en función de la gravedad de la incidencia (art.71 a art76 de Convenio colectivo de aplicación y art.54 ET), concretamente:
- Se podrá considerar falta leve que podrá sancionarse con una amonestación escrita.
- Se podrá considerar falta grave que podrá sancionarse con suspensión de empleo y sueldo de un a quince días.
- Se podrá considerar falta muy grave que podrá llegar a sancionarse con el despido.