8. La inscripción y permanencia del estudiante en ASI en el curso escolar está también sujeta a que los padres y/o tutor o encargado del estudiante, según aplique, cumpla con su obligación de apoyar de manera proactiva y efectiva a la Academia en su gestión religiosa y educativa y le requieran y le fomenten al estudiante el cumplimiento con los principios religiosos, morales y educativos de nuestra academia y con todo lo requerido por ASI para el mayor bienestar y seguridad de la comunidad escolar.
9. Los padres y/o tutor o encargado del estudiante se comprometen y obligan a, entre otras cosas a:
·mantenerse en contacto regular con los maestros del estudiante
·monitorear y supervisar el cumplimiento del estudiante con los requerimientos de los cursos escolares, programa educativo y actividades escolares
·leer de manera oportuna toda la correspondencia/correos electrónicos enviados por ASI (profesores, trabajadores sociales, y/ principal, etc.) y responder y actuar conforme sea solicitado
·asistir fielmente a las reuniones convocadas por ASI para atender los asuntos relativos, entre otras cosas, al estudiante y al funcionamiento de la academia
·mantener informada a ASI de toda condición de salud del estudiante y su efecto, si alguno, en la interacción con el entorno escolar
·mantener informada a ASI sobre cualquier cambio en la información de contacto de emergencia del estudiante
·entregar a ASI copia de la documentación que evidencie quien tiene la autoridad legal sobre el estudiante
10. Los padres y/o tutor o encargado aceptan que ASI Virtual y el correo electrónico del maestro o de la administración es el principal medio de comunicación utilizado por ASI para informar sobre actividades, reuniones y asuntos particulares del estudiante. En caso de surgir alguna emergencia ASI lo notificará vía electrónica y vía telefónica al número de teléfono o celular que surja de los récords del estudiante.
11. Conforme a la normativa legal vigente, (leyes, reglamentos, órdenes ejecutivas y órdenes administrativas del Gobierno y las agencias gubernamentales, incluyendo y sin limitarse al Departamento de Salud), es requerido el Certificado de Salud Oral y la inmunización o vacunación compulsoria y la presentación de pruebas de detección de virus, según aplique. Ningún estudiante será admitido o matriculado o podrá acudir a clases presenciales en ASI, si no está debidamente inmunizado y/o tiene una certificación de excepción religiosa o médica y la prueba de detección de virus que corresponda. Además, será responsabilidad de los padres y/o tutor o encargados, someter el certificado de inmunización o tarjeta de vacunación, según este requisito varíe, de tiempo en tiempo. Acepto que de no cumplir con todos estos requisitos el estudiante no podrá asistir a la Academia ni recibir los servicios educativos y/o ser dado de baja.
12. La prestación de los servicios educativos en condiciones normales es uno presencial, siempre y cuando estemos libres de emergencias de salud, eventos atmosféricos y/o situaciones extraordinarias como huelgas y otras manifestaciones públicas multitudinarias y/o eventos que puedan afectar el dar clases de forma presencial. Sin embargo, dada la emergencia de salud decretada por el Gobierno de Puerto Rico, el ofrecimiento de las clases será mediante un modelo hibrido de educación, asistencia presencial de los estudiantes y/o educación a distancia, según sea determinado por ASI en cumplimiento con el mandato de ley vigente.
13. Es indispensable, en los casos en que se ofrezca la educación remota, el cumplimiento del estudiante y sus padres tutor o encargado con la normativa establecida en el Manual sobre “Educación a Distancia” y según sea enmendada. ASI, a su juicio, revisará regularmente y en particular si es posible aumentar el tiempo de enseñanza vía presencial. Sin embargo, no debe descartarse la eventualidad de que por motivos de Pandemia o emergencia de salud determinada por el Estado se nos impongan más restricciones que resulten en un período mayor de educación a distancia y/o que sea necesario extender la duración del año escolar. Esta situación en nada afectará las obligaciones de pago contraídas (por los padres del estudiante o del tutor o encargado del estudiante, según aplique) en este contrato de matrícula ni dará derecho a reembolso alguno.
14. La permanencia del estudiante en ASI está condicionada, entre otras cosas, a que éste apruebe satisfactoriamente el año escolar en curso, y que todo estudiante que fracase en dos o más materias al final del año escolar está sujeto a no ser promovido del grado y/o a no ser readmitido para el curso escolar subsiguiente.
15. ASI se reserva el derecho de, en cualquier momento, excluir de forma permanente o temporal a cualquier estudiante, si a juicio de ASI, tal acción es necesaria en el mejor interés del estudiante, o por el bien de ASI o para mantener la paz y tranquilidad en el ambiente escolar y/o por la seguridad de los estudiantes.
16. ASI cumplirá con toda orden de un tribunal o subpoena que requiera que se provea determinada información y/o certificación de un estudiante.
17. Reconozco y acepto además, que ASI se reserva el derecho de expulsar y/o no readmitir a cualquier estudiante por, entre otras cosas, por faltas de disciplinas graves o repetidas, el incumplimiento de los padres o del tutor o del encargado del estudiante con (i) los términos y condiciones de este Contrato de Matrícula, (ii) con el pago de los costos de Inscripción Anual, Cuotas, etc., y/o (iii) por su incumplimiento y/o falta de apoyo a las normas y políticas del ASI establecidas en el Manual del Estudiante y en los demás documentos en que se establece la filosofía religiosa y educativa de ASI y (iv) por el incumplimiento con las políticas relativas a preservar la salud y seguridad de los estudiantes, profesores y la comunidad escolar.
18. Es una condición que para tener derecho a recibir las evaluaciones, transcripciones de crédito, notas escolares y diploma de graduación estar en cumplimiento y al día con todos los compromisos, contraídos bajo este contrato, incluyendo y sin limitarse a los compromisos económicos. ASI se reserva el derecho de privar de asistencia a clases y/o de no expedir: transcripciones de créditos, certificado de graduación y cualquier otra acreditación académica a aquellos estudiantes cuyas cuentas reflejen atrasos en los compromisos económicos (que son pago de matrícula, pensión escolar, cuotas y cargos). ASI se reserva la facultad de dar por terminado este Contrato de Matrícula si, tras tres (3) avisos escritos de requerimiento de pago ya fuere por vía postal o vía electrónica, no se satisface la deuda así notificada.
19. Si los padres, y/o tutor o encargado deciden voluntariamente dar de baja al estudiante, o si no cumplen con las normas y requerimientos de ASI, una vez comenzado el curso escolar, no se rembolsará la Pensión Escolar ni los Costos de Inscripción Anual.
20. Entendemos y aceptamos que ASI, a su sola discreción, se reserva el derecho de negarle la readmisión a cualquier estudiante para el curso escolar subsiguiente.
21. El uso del modo singular incluye el plural, y el plural incluye el singular. De ser declarada nula o ineficaz cualquier cláusula o disposición de este contrato por un Tribunal competente, tal eventualidad no afectará la validez o eficacia de las restantes cláusulas o disposiciones del mismo. Cualquier controversia judicial será dilucidada en los tribunales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.