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  • Demanda de minijuicio

  • Mediante el siguiente formulario, la parte que lo suscribe solicita la intervención de la plataforma Minijuicios para llevar a cabo la actividad negociadora, a través del procedimiento de conciliación privada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 1/2025, de 2 de enero, reguladora de los métodos alternativos de solución de conflictos (MASC).

    El objetivo del procedimiento es intentar alcanzar una solución extrajudicial al conflicto planteado, o bien, en su caso, acreditar el cumplimiento del requisito de procedibilidad exigido por la citada Ley, en caso de que no se logre un acuerdo.

    Una vez finalizado el procedimiento, Minijuicios emitirá el certificado o acta correspondiente conforme a lo previsto en la Ley 1/2025, ya sea con acuerdo o sin él.

  • Datos de la parte interesada

  • Datos del representante de la parte interesada

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    Es imprescindible que nos facilite todos los medios de contacto que conozca de la parte requerida
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    Reserva inicial de minijuicioCitación + 1ª sesión online con conciliador
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    Una vez confirmada la reserva y realizado el pago, Minijuicios procederá a enviar la citación formal a la parte contraria, informándole del inicio del procedimiento de conciliación privada conforme a la Ley 1/2025.

    De acuerdo con el artículo 10 de la citada Ley, si transcurren treinta días naturales desde la recepción de la solicitud por la otra parte sin que llegue a mantenerse una primera reunión o contacto dirigido a alcanzar un acuerdo, o sin que se obtenga respuesta por escrito, se considerará intentado sin efecto el procedimiento conciliador.

    En tal caso, Minijuicios emitirá un certificado acreditativo del intento de conciliación, válido para cumplir el requisito de procedibilidad legalmente exigido.

    Si la parte requerida acepta participar, se informará al solicitante para que puedan acordar la fecha y hora de celebración de la sesión de conciliación online.

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